
Ley Cazzu: JUSTICIA JUJEÑA OTORGA GUARDA EXCLUSIVA A UNA MADRE
El Expreso de Jujuy
El fallo jujeño comenzó a ser relacionado con la denominada “Ley Cazzu”, aunque resulta necesario aclarar que no existe una Ley Cazzu vigente en Argentina. La expresión hace referencia a un proyecto impulsado en México que tomó notoriedad a partir del conflicto entre la artista argentina Cazzu y el cantante mexicano Christian Nodal por cuestiones vinculadas con la autorización para viajar al exterior con su hija.
La resolución permitirá que la madre pueda tomar decisiones relacionadas con la salud, la educación y determinados trámites de su hija sin tener que recurrir en cada oportunidad a una autorización del progenitor o iniciar una nueva instancia judicial.
La abogada de la mujer, Ailén Armada, destacó el alcance de la decisión y sostuvo que el pronunciamiento evita que una madre que ejerce de manera efectiva el cuidado de su hija deba afrontar permanentemente obstáculos administrativos o judiciales derivados de la falta de colaboración del otro progenitor.
El conflicto se inició en febrero de 2024, cuando el hombre promovió una acción judicial para solicitar un examen de ADN. Una vez confirmada la filiación, reconoció a la niña, le otorgó su apellido y asumió el compromiso de cumplir con un régimen de comunicación y con una cuota alimentaria.
Sin embargo, según consta en el planteo de la representación legal de la madre, el cumplimiento de esos compromisos no se sostuvo. El progenitor dejó de realizar los aportes económicos correspondientes y tampoco mantuvo un vínculo regular con la niña.
A esto se sumaron diferencias por distintos trámites y decisiones vinculadas con la menor. Entre ellas, la madre necesitó autorización para realizar viajes fuera de la provincia y afrontar cuestiones relacionadas con la educación de su hija.
Durante una de las audiencias, el progenitor reconoció la existencia de una deuda alimentaria y, de acuerdo con lo relatado por Armada, manifestó que no deseaba continuar viendo a la niña.
El expediente también incorporó un informe psicológico que, según la representación de la madre, describió rasgos de inestabilidad e irresponsabilidad y evaluó la falta de interés del hombre en sostener el vínculo filial.
“Reconoce abiertamente que no quiere ver más a su hija. Admite ser un padre abandónico y que inició todo eso por capricho”, sostuvo Armada al referirse al contenido de la causa.
Además de suspender la responsabilidad parental, la jueza dispuso la inscripción del progenitor en el Registro Nacional de Deudores Alimentarios. El reclamo económico por los alimentos adeudados continúa por otra vía.
Una decisión que cambia la vida cotidiana
Para la abogada de la madre, uno de los aspectos centrales del fallo está relacionado con las dificultades que generan los casos en los que uno de los progenitores se desvincula de la crianza, pero mantiene facultades legales que pueden condicionar decisiones importantes para sus hijos.
“Es muy importante que ahora ella no tenga que recurrir a la Justicia o a una autorización siempre”, explicó Armada al valorar el alcance de la resolución.
La intervención judicial incluyó también a la Defensoría de Menores y al equipo interdisciplinario. Según la representación legal de la mujer, durante el proceso se analizaron las circunstancias denunciadas y la situación particular de la niña antes de adoptar la decisión.
El caso vuelve a poner en discusión una situación que atraviesan familias en las que la responsabilidad cotidiana sobre los hijos recae de hecho en uno de los progenitores, mientras el otro mantiene derechos legales que pueden incidir en decisiones vinculadas con la educación, la salud, los viajes o el domicilio.
En este tipo de situaciones, la normativa argentina contempla mecanismos judiciales para resolver los desacuerdos cuando los progenitores no alcanzan un consenso. La resolución de Jujuy establece, en este expediente particular, una modificación relevante respecto de las facultades del padre.
El vínculo con la denominada “Ley Cazzu”
La iniciativa propone modificar las reglas aplicables en situaciones en las que uno de los progenitores ejerce efectivamente la crianza y el otro se encuentra ausente o no cumple con sus responsabilidades. El objetivo planteado es evitar que quien tiene a su cargo el cuidado cotidiano deba depender de una autorización de un progenitor que no participa de manera efectiva en la crianza.
La propuesta comenzó como una petición pública en la plataforma Change.org y posteriormente fue impulsada en el Congreso del Estado de Michoacán por la diputada mexicana Sandra Arreola Ruiz.
Tras un amparo presentado por abogados de Nodal, la legisladora volvió a defender públicamente la iniciativa y planteó la necesidad de continuar el debate legislativo. Sin embargo, el proyecto todavía debe atravesar el proceso legislativo correspondiente para convertirse en ley.
La situación jurídica en Argentina es diferente. El Código Civil y Comercial establece que determinadas decisiones trascendentes respecto de los hijos requieren el acuerdo de ambos progenitores. Entre ellas se encuentran cuestiones como los viajes internacionales o el cambio de domicilio.
Cuando no existe acuerdo, uno de los caminos disponibles consiste en recurrir a la Justicia para obtener una autorización. Esos procesos son analizados de acuerdo con las circunstancias de cada caso y pueden generar nuevas instancias judiciales para las familias.
La abogada Paula Mayor explicó en una entrevista con Infobae En Vivo que los tribunales argentinos pueden conceder autorizaciones unilaterales, aunque esas decisiones dependen de cada situación y pueden estar limitadas a un viaje o a un período determinado.
Por eso, el fallo de Jujuy puede inscribirse dentro del debate que dio visibilidad a la denominada “Ley Cazzu”, pero no supone la aplicación de una norma mexicana en la provincia.
La decisión de la Justicia jujeña responde a las circunstancias concretas de un expediente en el que se analizaron la ausencia del progenitor, el incumplimiento alimentario, su decisión de no mantener el vínculo con la niña y las dificultades que esa situación generaba para la madre.
El eje de la resolución quedó puesto, de este modo, en la situación particular de la niña y en la necesidad de garantizar que las decisiones sobre su vida cotidiana no queden condicionadas por la ausencia de quien, según lo evaluado en la causa, dejó de participar de su crianza.


EXIGEN REFORMAR EL REGLAMENTO DE SELECCIÓN DE JUECES PARA EVITAR QUE SE FAVOREZCA A LOS «AMIGOS DEL PODER»

EXIGEN TRASLADO URGENTE A BUENOS AIRES DE PACIENTE ACCIDENTADA EN CIUDAD DE NIEVA

OPERATIVOS CONTRA EL NARCOMENUDEODEJARON 26 DEMORADOS EN UNA SEMANA

ALERTA EN EL ISJ POR UNA NUEVA MODALIDAD DE ESTAFA VIRTUAL

"Hijos del poder": DENUNCIAN IRREGULARIDADES POLICIALES Y PROTECCION AL CONDUCTOR QUE DEJÓ EN COMA A EDUARDO VILLARRUEL

Legislatura: UN QUIEBRE JUSTIFICADO EN LA "AUTONOMÍA Y EL CONSENSO"

Legislatura: FINANCIAMIENTO PARA LA TRAVESÍA URBANA DE LA RUTA 9 SE APROBARÍA LA PRÓXIMA SEMANA

Paraguay: EL COLAPSO DEL UENO BANK ARRASTRA AL PRESIDENTE SANTIAGO PEÑA

LA AMPLIACIÓN DE EXAR PROYECTA GENERAR 140 EMPLEOS Y SUMAR PROVEEDORES LOCALES


