
Economía: SEGÚN EL INDEC, LA INFLACIÓN DE ENERO FUE DE 2,9%
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Vestidos de operarios de una contratista de empresas de perforación del norte provincial, los acusados –cuatro hombres- circulaban en camionetas, una con un tanque cisterna de combustible, en cuyo interior escondían la droga. Entre los bienes enajenados, figura un inmueble, ocho vehículos y 173 mil dólares.
NACIONALES16 de marzo de 2024
El Expreso de Jujuy
El Tribunal Oral Federal N°1, integrado por los jueces Federico Santiago Díaz (presidente), Marta Liliana Snopek y Mario Marcelo Juárez Almaraz, condenó a penas de 8 a 13 años de prisión a Esteban Mendoza y a su hijo Alexis y a los hermanos Adán y Ramón Ceballos por el delito de transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes, en todos los casos en grado de coautores.
En el caso de los Mendoza, la pena mayor, de 13 años, fue para el padre y la menor, de 8 para su hijo. Los Ceballos, en tanto, recibieron una misma pena, de 12 años. La acusación del caso, investigado desde su inicio por la PROCUNAR NOA, fue llevada adelante en el juicio por el fiscal general Eduardo José Villalba y la auxiliar Mariana Gamba.
En la sentencia el tribunal dispuso también el decomisó de numerosos bienes que le fueron secuestrados a los acusados. Se trata de un inmueble ubicado en la ciudad de Orán, sobre el cual ya pesaba un embargo dispuesto por la jueza federal de Garantías N°2 de Salta, Mariela Giménez, el 24 de abril de 2023, cuando se formalizó la imputación.
Además, y siempre a pedido de la fiscalía, se decomiso en favor del Estado Nacional cinco camionetas, cuatro de ellas modelo Toyotas Hilux y una Fiat Strada; tres automóviles, dos modelos Golf un Ford Eco Sport, la suma de 173 mil dólares y otra de casi dos millones de pesos.
También se decomisaron 20 teléfonos celulares, uno de ellos IPhone, una PC portátil y una gran cantidad de herramientas mecánicas, tanto de mano como equipos, tales como amoladoras, soldadoras, pistolas de pintura y un grupo electrógeno.
La detención de los cuatro acusados se registró el 22 de abril de 2023 como parte de un operativo desplegado en las rutas 5 y 16, en el sur de la provincia, entre las localidades de El Quebrachal y Joaquín V. González, a lo que se sumó otros cuatro allanamientos.
La investigación había comenzado en febrero de ese año, cuando la Sección Antidrogas de la Gendarmería Nacional con asiento en Salta presentó un reporte respecto a una organización narcocriminal que traficaba estupefacientes del norte provincial a Buenos Aires.
Lo que siguió después fue la identificación de cada uno de los imputados, sus roles y la modalidad de tráfico, la que se reducía a viajes tipo convoy de una supuesta contratista. Con camionetas de trabajo pesado, incluido un tanque de cisterna de combustible, los imputados realizaron, al menos, seis operaciones de tráfico.
Al ser detenidos, viajaban en dos camionetas Toyota Hilux, una era conducida por Esteban Mendoza y la segunda por Adán Ceballos, mientras que el hermano de este último, Ramón, fue al volante de una Ford Eco Sport. La droga, un total de 331 kilos de cocaína, era transportada en la cisterna de combustible, en un doble fondo.
En el procedimiento, registrado en la ruta 5 kilómetro 105, se detuvo primero la camioneta que tiraba del tanque con la droga, para luego detener los otros dos rodados en las localidades de El Quebrachal y Joaquín V. González, sin que se registraran inconvenientes. Alexis Mendoza, en tanto, fue detenido en un galpón utilizado como taller para preparar los rodados, ubicado en Orán.
El 14 de febrero pasado, en una audiencia de acuerdo pleno ante el juez Díaz, Esteban Mendoza y su hijo Alexis, fueron condenados en el marco de un juicio abreviado, tras lo cual se siguió con el juicio a los hermanos Ceballos, instancia en la cual la fiscalía presentó pruebas contundentes contra los acusados, tanto de orden documental como testimonial.
Alegato de la fiscalía
Al momento del alegato final, el fiscal ratificó la modalidad de tráfico usada por los acusados, los que “bajo la apariencia de simular ser trabajadores, transportaban la droga haciéndolo en un total de seis veces”. Para graficar el accionar de la banda, repasó los movimientos y contactos realizados el día en que fueron detenidos.
Confirmó que el inmueble, ubicado en la ciudad de Orán, era utilizado como taller, lo que quedó en evidencia por la gran cantidad de herramientas y otros equipos utilizados para acondicionar la droga en, este caso, en un doble fondo del tanque cisterna.
Resaltó la gravedad del daño en a la salud pública que representaba la cantidad de droga secuestrada, cuya toxicidad fue comprobada por la pericia química correspondiente. En cuanto al poder económico acumulado, resaltó el hallazgo de los bienes secuestrados en los allanamientos, entre ellos 8 vehículos de alta gama, 173 mil dólares, dos millones de pesos y documentación.
“De las pruebas arrimadas, y de los hechos sucedidos, quedó acreditado que Alexis estaba a cargo del acondicionamiento del vehículo, Adán no era un simple transportistas, sino que tanto él como Ramón participaron de la organización activamente, ya en otras oportunidades habían realizado ciertos viajes”, afirmó.
Concluyó en que Esteban Mendoza era el líder, pero no impartían órdenes puntuales a los Ceballos, ya que ellos formaban parte de la organización. Entre otras pruebas, destacó la intervención de la pareja de Mendoza, la que conocía a los Ceballos y también estaba al tanto de todo, pues en una conversación, la mujer se refirió a la compra de una camisa de overol para uno de ellos.
También indicó que “otra evidencia de que los Ceballos no eran transportistas comunes es la documentación de seguros y vehículos encontrada en los allanamientos realizados. Además, se estableció, al momento de secuestrar los celulares, que eran los mismos que previamente habían sido intervenidos y que fueron usados en viajes anteriores”.
Resolución
Al momento de dictar su veredicto, el tribunal destacó, conforme a la prueba producida en el debate, no sólo el descubrimiento y desarticulación de esta organización, sino también que “existieron viajes anteriores al Área Metropolitana de Buenos Aires de idéntica modalidad en cuanto al uso de un tanque de combustible y al uso de vehículos” bajo la modalidad descripta por la fiscalía.
Para los jueces no quedaron dudas que “esta organización transportó 331,294 kg de cocaína de máxima pureza en este viaje, y si a esta cantidad la vinculamos con la cantidad de viajes que fueron acreditados -que realizó la organización con anterioridad al hecho- se obtiene una cantidad muy cercana a la tonelada de cocaína”.
“Otro punto que debemos tener presente para establecer las características de esta organización, así como el grado de participación en la misma, tanto de Esteban Mendoza como de cada uno de los hermanos Ceballos, es que cada uno de ellos tenía a su nombre vehículos que usaba la organización, pero, a su vez, todos tenían autorización de uso”, agregaron.
Dijeron que “el hecho de estar un vehículo a nombre de un titular y autorizados para conducir otros dos miembros de la organización, nos hace ver que tomaban recaudos para evitar sospechas en los referidos controles, y de esta manera, el que conducía podía cambiar, pero no existía irregularidad, ya que todos tenían tarjeta verde o bien azul”.
Sobre el derrotero de los viajes realizados a Buenos Aires por la organización, se remitieron a la prueba presentada por la fiscalía, en especial las pericias que se hicieron a los teléfonos y las tareas de inteligencia. En ese sentido, resalta el “celo de Esteban Mendoza por tener todo en orden durante el transporte”, lo que surge de “las indicaciones” que impartía a su hijo respecto al trámite de revisación técnica del rodado que se uso para tirar de la cisterna.
Entre otras circunstancias, mencionaron que el transportista “tenía una vestimenta especial para simular que se trataba de un operario que se dirigía a trabajar”, incluida la camisa de grafa y el casco de operario de la construcción de color amarillo el que, en este caso, llevaba Adán Ceballos.
“Surge nítida entre los Ceballos y Esteban Mendoza una comunidad de intereses, claramente fundada en la realización de estos viajes con estupefacientes, ya que entre ellos no se evidencia algún otro tipo de vínculo, sino el relacionado con estos transportes. No se coloca un vehículo a nombre de otra persona y no se extiende una autorización para conducir a nombre de otra persona sin que exista una extrema confianza entre las partes”, expresó el tribunal.
Por último, concluyeron que “debido al concierto de voluntades existente entre los acusados, acreditado por las conversaciones mediante aplicación WhatsApp y otras comunicaciones, no cabe duda de que actuaron como coautores ya que se dividían los roles y funciones para la realización del ilícito y trabajaron conjuntamente para llevar adelante esta empresa”.

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