
INTERNARON NUEVAMENTE A MILAGRO SALA, LUEGO DE ROMPER LA PRISIÓN DOMICILIARIA
La decisión de ir a un centro asistencial no estuvo avalada por la Justicia. Además, se mudó sin el aval correspondiente y organizó el cumpleaños de su hija.
La justicia jujeña condenó a nueve años de prisión a un hombre que durante siete años abusó de su hija menor de edad en el domicilio en el que convivían en un barrio de la capital de la provincia, informaron hoy fuentes judiciales.
JUDICIALES22 de marzo de 2023
Fernando Burgos
La condena fue impuesta por el Tribunal en lo Criminal 2 de Jujuy, que encontró al hombre, cuyas iniciales son E.A.B., autor material y penalmente responsable del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo y la convivencia”.
Los ilícitos por los que el hoy condenado llegó a juicio ocurrieron desde que la víctima tenía siete años y hasta sus 13 años en una vivienda de un barrio de la zona sur de San Salvador de Jujuy.
Según difundieron las fuentes, en reiteradas oportunidades el hombre, aprovechando la ausencia de otros familiares en el inmueble, se dirigía a la habitación de la niña y procedía a abusar sexualmente de ella.
El juicio se resolvió ayer en una única audiencia oral en la que se aplicó procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el acusado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, la fiscalía y la defensa.
En ese marco, los jueces Luis Kamada – presidente de trámite- y Emilio Cattan, y la jueza Cecilia Sadir, condenaron a E.A.B. a nueve años de prisión.
Asimismo, ordenaron que, una vez firme y consentida la sentencia, se obtengan los perfiles genéticos del condenado para incorporarlo al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual; y resolvieron mantener la privación de libertad del condenado bajo la modalidad domiciliaria.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia; a partir de lo cual, las partes podrán recurrirla ante una instancia superior.

La decisión de ir a un centro asistencial no estuvo avalada por la Justicia. Además, se mudó sin el aval correspondiente y organizó el cumpleaños de su hija.

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La decisión de ir a un centro asistencial no estuvo avalada por la Justicia. Además, se mudó sin el aval correspondiente y organizó el cumpleaños de su hija.