Covid-19: FUERTES MULTAS AL NO RESPETAR EL AFORO EN EVENTOS CERRADOS   

En Jujuy continúa la disposición que indica que los locales bailables pueden tener un 70% de aforo por la pandemia de Covid-19. 

JUJUY 30/11/2021 El Expreso de Jujuy El Expreso de Jujuy
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Una fiesta a lleno total que tuvo lugar en el Acceso Sur de San Salvador de Jujuy despertó la polémica por el aforo de los locales bailables. 

Por ese motivo, el juez Matías Ustárez indicó que sigue vigente el Decreto 2075 y el artículo 90 del Código Contravencional de Jujuy, que establece que los locales bailables deben respetar un aforo del 70% de la capacidad para la admisión de personas. 

En caso de no respetarse esta medida, las multas pueden ascender a los 600 mil pesos, a lo que se le pueden sumar penas accesorias como la clausura y el decomiso, entre otras. 

El Ministerio de Seguridad intensificará los controles para verificar que se cumplan las normas establecidas por el Comité Operativo de Emergencia y las autoridades sanitarias competentes. 

Por este motivo, cotidianamente se realizarán operativos en distintos turnos corroborando que las normativas legales sean cumplidas. 

Son los propietarios de cada local quienes deben hacer cumplir las normas y no poner en riesgo el normal desarrollo de las actividades, la salud y la seguridad física de las personas. 

Teniendo en cuenta que la pandemia no terminó y en los últimos días se detectó la variante Ómicron,y que a su vez hayan casos de la ceoa Dekta en la provincia, el Gobierno de Jujuy llamó a la población a seguir con los cuidados para evitar un aumento de casos que complique la situación sanitaria de la provincia. 

Es importante continuar con el uso de barbijo o tapaboca, mantener el distanciamiento social y lavarse las manos constantemente con agua y jabón o desinfectarse con alcohol en gel.

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