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Salió a la luz un dictamen judicial que expresa el sobreseimiento de Rodolfo Tecchi en la causa de los “sanguchitos”, en la que se lo acusaba de defraudación a la administración pública y abuso de autoridad.
JUDICIALES30 de abril de 2024
Martín Ruiz
La resolución establece que no existió ninguna ventaja patrimonial en desmedro de las arcas del Estado Provincial y que el destino de los fondos con los que se contrató un servicio de catering por merienda y cena fue entregado en tiempo y forma a sus destinatarios.
El hecho data del paso de Rodolfo Tecchi por el Ministerio de Educación (Año 2013). En aquel entonces, el funcionario provincial habría realizado un gasto que, por el momento, no pudo justificar ante la justicia: unos 124 mil pesos, presuntamente destinados a la compra de sándwiches para los estudiantes carroceros que trabajaban día y noche en los canchones para participar de la fiesta nacional de los estudiantes. Por este motivo se inició una causa contra el ex Ministro, Claudio Flores, Lourdes Rodríguez Ramos y German Augusto Sarapura por defraudación a la administración pública y abuso de autoridad.
En su oportunidad el Dr. Marco Andres Espinassi, Defensor Técnico del imputado Rodolfo Alejandro Tecchi, había solicitado el sobreseimiento total y definitivo de su defendido, por el delito que se le atribuía. El fundamento del letrado manifestaba que “no existió defraudación a la administración pública, puesto que la contratación fue legal y existió una contraprestación por los fondos liberados. Respecto a la figura de Abuso de Autoridad, la conducta atribuida a mi defendido no constituye delito por no dictar disposición legal en contra de las constituciones o leyes nacionales o provinciales. Sobre comedores escolares no constituye ley nacional ni provincial, y menos constitución, no tiene la entidad ni jerarquía de las normas que expresamente contempla el tipo legal, otorgar una interpretación amplia al precepto legal implicaría una violación del principio de legalidad. En esta instancia carece de relevancia incluso explicar que el convenio marco Nación-Provincia sobre comedores escolares no prohíbe la acción consistente en la compra de bandejas de comida para carroceros; en el peor de los casos constituirían faltas administrativas desencadenantes de responsabilidades administrativas, pero nunca penales, ya que no existe perjudico a la administración pública, como tampoco se dictan en violación a Leyes y Constituciones Nacionales o Provinciales como el tipo penal requiere”.
En ese sentido, el fiscal de Investigación a Cargo de la Unidad Fiscal de
Delitos Económicos y Contra la Administración Pública, Dr. Aldo Hernán Lozano había determinado que “no se probó ni acredito debido a que, y tal como lo declaran de manera lineal y objetividad testigos prenombrados el servicio de catering consistente en la entrega de comidas y bebidas a los estudiantes secundarios que participaron de la Fiesta de los Estudiantes en el año 2013, servicio contratado y abonado por el Ministerio de Educación en la cabeza del ministro Sr. Tecchi, fue efectivamente recibida y consumida por los jóvenes estudiantes jujeños el día 28 de septiembre del año 2013 en el parque cerrado. No existió ninguna ventaja patrimonial en desmedro de las arcas del Estado Provincial precisamente porque la erogación de fondos dispuesta por el aquel entonces Sr. Ministro Rodolfo Alejandro Tecchi en la suma total de Pesos Ciento Veinte Mil ($ 120.000,00) fue destinada exclusivamente al pago del servicio de catering por merienda y cena en un total de tres mil bandejas y gaseosas previstas por la empresa que explotaran los Sres”.
La resolución judicial determinó dictar el sobreseimiento total y definitivo a favor de Rodolfo Alejandro Tecchi, Claudio Flores, Lourdes Rodríguez Ramos y German Augusto Sarapura ya filiados por el delito Fraude en perjuicio a la Administración y por el delito Abuso de autoridad.

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