
LA NUEVA LEY PENAL JUVENIL SE APROBARÍA EL 12 DE FEBRERO EN DIPUTADOS
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El Tribunal Criminal Nº 1 condenó a un hombre, J.A.L., a la pena de 6 años de prisión de ejecución efectiva, bajo la modalidad domiciliaria, por resultar ser autor material y responsable del delito de “Abuso Sexual con Acceso Carnal”, hecho ocurrido en un paraje rural cercano a la ciudad de Libertador General San Martín.
JUDICIALES31 de agosto de 2023
Fernando Burgos
La resolución de este aberrante caso, se realizó haciendo uso del procedimiento especial establecido en el Artículo 385 del Código Procesal Penal de la Provincia por el cual el Fiscal, el acusado y su abogada defensora arribaron a un acuerdo de Juicio Abreviado.
Además, los jueces hicieron lugar a una reparación económica acordada por las partes, que deberá ser depositada en una entidad bancaria a favor de la mujer víctima del ilícito.
También, autorizaron la obtención de los perfiles genéticos del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.
El veredicto fue emitido el 29 de agosto del presente año, por la jueza Dra. Felicia Barrios –presidente de trámite –, y el juez Dr. Luciano Yapura, conforme Acordada Nº 71/2008, con la asistencia de la secretaria Dra. Mariana Córdoba Etchart.
Los hechos
De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, J. A. L. fue condenado por los hechos perpetrados el 11 de enero de 2021, aproximadamente a las 03.30 horas, cuando se encontraba consumiendo bebidas alcohólicas en su domicilio junto a sus hijos y otras personas entre las que se encontraba la víctima, una mujer mayor de edad que además es su sobrina.
En esas circunstancias, el hombre subió a bordo de una camioneta a la víctima con la excusa de comprar más bebidas alcohólicas, y cuando iba a subir una amiga de ésta puso en marcha el vehículo y salió del lugar, localidad de Fraile Pintado, tomando por ruta nacional 34 con dirección hacia Libertador General San Martín.
Tras esto, su sobrina le pregunto hacia donde se dirigían y el acusado le respondió que ya regresarían y continuo la marcha. Luego de cruzar unas vías del ferrocarril ingresó por un camino enripiado hacia un paraje rural donde detuvo la marcha del vehículo.
En ese momento la mujer descendió del mismo intentando escapar corriendo, pero resbalo y cayó de rodillas, aprovechando el inculpado para abusarla sexualmente a pesar de la resistencia y la súplica de la víctima para que se detuviera.
Juicio Abreviado
En el veredicto los jueces hicieron lugar al acuerdo arribado por el Fiscal, Dr. Marcelo Cuellar, y el acusado asistido por su defensora, Dra. Mercedes Arias, haciendo uso del procedimiento especial de Juicio Abreviado, previsto en el artículo 385 del Código Procesal Penal de la provincia – Ley Nº 5.623. En el acuerdo, el acusado J.A.L., asistido por su abogada defensora, reconoció expresamente la existencia del hecho materia del juicio y la responsabilidad que por el mismo se le atribuyó, es decir por el delito de “Abuso Sexual con Acceso Carnal”, y acepto que se le imponga la pena de 6 años de prisión de ejecución efectiva, una reparación económica de daño a favor de la víctima, y por el tiempo que le restaría cumplir la prisión efectiva sea bajo la modalidad de Prisión Domiciliaria.

El oficialismo acordó con los jefes de bloque dialoguistas bajar la imputabilidad a 14 años. Lo informó Ritondo al salir de una reunión de jefes de bloque con Martín Menem.

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