
JUSTICIA A MEDIAS PARA DOS MENORES QUE FUERON ABUSADOS SEXUALMENTE
Fernando Burgos
R.S.B fue hallado culpable por ser autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal en contra de un menor de edad y Abuso sexual simple en contra de una menor de edad, en concurso real”, pero recibió una condena de apenas 10 años de prisión, cuando el fiscal Alejandro Bossatti pidió una condena mínima de 14 años.
De igual manera se actuó con otro sujeto identificado como L.E.M, que en la causa, los magistrados sentenciaron a la pena de ocho de prisión por ser autor penalmente responsable de delito de “Abuso sexual con acceso carnal en contra de un menor de edad.”
Ambos condenados cometieron los ilícitos contra los menores de edad con quienes compartían la vivienda y los unía una relación de parentesco.
Lamentablemente se vuelve a reiterar condenas leves para abusadores que arruinan la vida de niños y los dejan con secuelas psicológicas y físicas para toda la vida.
Del mismo modo, el Tribunal ordenó el inmediato traslado de ambos condenados al Servicio Penitenciario de la Provincia para sus respectivos alojamientos e incorporación al régimen de progresividad de la pena.
Además, se dispuso, una vez firme y consentida la sentencia, la obtención de los perfiles genéticos de los condenados a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
Acusación
De acuerdo con el requerimiento de la Fiscalía, los hechos que tuvieron como víctima al menor de 8 años de edad, ocurrieron entre el año 2020 y el curso del año 2021, en varias oportunidades, en fechas y horas sin poder precisar, en una vivienda situada en el barrio Alto Comedero de San Salvador de Jujuy.
Los acusados L.M y R.S.B cometieron los abusos sexuales aprovechando la convivencia con el niño, quien quedaba al cuidado de su abuela paterna y de su tía en el mismo domicilio en donde también residían los imputados.
En tanto, los hechos que tienen como víctima a una niña, hermana del menor anteriormente mencionado, ocurrieron entre el año 2020 y el curso del año 2021, en la misma vivienda ubicada en Alto Comedero.
En varias oportunidades el acusado R.S.B, aprovechando que la menor quedaba al cuidado de su abuela paterna y de su tía en el domicilio en donde también residía el imputado, cometía los abusos y le advertía que no cuente a nadie lo sucedido “porque era un secreto”.
Alegatos
El fiscal ante el Tribunal, Dr. Alejandro Bossatti, solicitó la pena de 14 años de prisión para R.S.B y 12 años para L.E.M; al igual que el representante de la querella -del Centro de Asistencia a la Víctima de Violencia-, Dr. Joaquín Campos.
En tanto, la defensa técnica conjunta de los acusados, ejercida por el Dr. Ezequiel Eduardo Martínez y la Dra. Sara Ruth Cabezas, requirió la absolución de ambos por el beneficio de la duda. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia; a partir de lo cual, las partes podrán recurrir la misma ante una instancia superior al Tribunal de juicio.


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