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El Superior Tribunal de Justicia de Jujuy dispuso hoy que a partir de mañana se restablezca la normal actividad del Poder Judicial local, "como función esencial del Estado de derecho" y teniendo en cuenta la "disminución de los casos de Covid-19" en la provincia.
JUJUY31 de agosto de 2021
El Expreso de JujuyAdemás se tomó en consideración "lo dispuesto por las normas provinciales en cuanto a la obligatoriedad de la vacunación contra el coronavirus", exigencia que se trasladó "para todos los magistrados, funcionarios y empleados", según informaron fuentes judiciales.
Mediante la Acordada Nº 85/2021, se estableció la obligatoriedad de inocularse contra la Covid-19 "para todos los magistrados, funcionarios y empleados del Poder; quienes deberán haber recibido al menos una dosis de cualesquiera de las vacunas, salvo justificación por medio fehaciente e idóneo ante el Departamento Medico".
En cuanto al restablecimiento de la normal actividad, se dispuso que a partir del 1 de septiembre de 2021 "la totalidad del personal del Poder Judicial se reintegrara a cumplir funciones de manera normal y habitual en las distintas dependencias de la institución".
De todas maneras, se añade que seguirán exceptuados de concurrir a sus lugares de trabajo "los magistrados, funcionarios y empleados considerados personal de riesgo: personas con inmunodeficiencias, pacientes oncológicos y trasplantados".
En cuanto al horario de asistencia matutino y atención a profesionales y público en general, se refirió que será de 7.30 a 13.00, y el horario vespertino de 15.30 a 21.00
También se hizo referencia a las medidas de bioseguridad para el funcionamiento del servicio de justicia y se recordó que el ingreso a las distintas dependencias deberá realizarse respetando la distancia social aconsejada; el uso de máscaras protectoras, y el aseo permanente de manos, lugares y elementos de trabajo, entre otras medidas asociadas.
Finalmente, el Superior Tribunal de Justicia invitó al Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Jujuy, a adoptar las medidas necesarias tendientes a dar cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Provincia Nº 6229 y Decreto Acuerdo Nº 3768-S-2021, sobre la obligatoriedad de vacunación.

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