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“La importancia de las tareas y funciones que la Constitución asigna al Superior Tribunal de Justicia requiere que quienes lo integren, cuenten con independencia de criterio, idoneidad técnica y un fuerte compromiso con los valores democráticos y la defensa de los derechos humanos, exigencias que el Dr. Ekel Meyer, no cumple, motivo por el cual se solicita a la Legislatura que no brinde acuerdo a la propuesta del Gobernador”, afirma el comunicado de Abogados y Abogadas del NOA en Derechos Humanos y Estudios Sociales.
JUDICIALES10 de diciembre de 2020
El Expreso de Jujuy
ANDHES de esta manera impugno la designación de Ekel Meyer para ocupar el cargo de vocal del Superior Tribunal de Justicia. En la presentación que realizó el organismo, no solo se dan las razones públicas que invalidan al candidato elegido, sino también se destaca la absoluta necesidad de que el actual procedimiento de selección de los jueces /zas del Superior Tribunal, establecido en el art. 155 de la Constitución Provincial, habilite alguna instancia de participación ciudadana o de monitoreo del proceso, tanto en el ámbito del Poder Ejecutivo como en el de la Legislatura a través de la propia limitación de las facultades de cada poder.
Falta de idoneidad
Según la entidad jurídica, el Dr. Meyer no posee los antecedentes suficientes que demuestren su idoneidad técnica o la solvencia jurídica suficiente para ocupar el cargo de Juez del Superior Tribunal de Justicia.
“No cuenta con referencias sobresalientes en su formación académica, ni goza de antecedentes que aseguren su prestigio frente a la comunidad jurídica local y su trayectoria pública solo es reconocida solo por los cargos que ha ocupado debido a su vinculación con la gestión de turno y el partido gobernante. Antecedentes que serían, por lejos, mínimos si los comparamos con los de algunos y algunas postulantes a los concursos abiertos para cubrir vacancias inferiores en el Poder judicial de la provincia” afirman en el comunicado
Agregan que “es evidente que la falta de idoneidad resulta particularmente relevante en este caso, puesto que las sospechas de parcialidad a la que se ve expuesto, podrían ser sopesadas si contara al menos con una trayectoria académica y profesional indiscutida de reconocimiento social”.
Imparcialidad Judicial
El Superior Tribunal, el más alto órgano del imperium local, sólo puede estar integrado por personas que den garantías suficientes de su completa imparcialidad e independencia respecto de los demás poderes del Estado, así como mostrarse absolutamente impermeable a cualquier instrucción o directiva, debiendo evitarse cualquier circunstancia que pueda reflejar favoritismo, predisposición o prejuicio.
En este punto “debemos recordar que el Dr Meyer deberá actuar en causas judiciales que podrían comprometer los intereses del Gobierno Provincial y Municipal (gestión de la que también formó parte) o de alguno de sus funcionarios, y pronunciarse con ecuanimidad e imparcialidad respecto de los actos de aquellos poderes Ejecutivos locales”.
Lamentablemente el candidato – cuya carrera profesional ha estado marcada siempre por el desempeño de cargos de designación política, involucrándose en actividades de militancia partidaria, y siendo del absoluto círculo de confianza del Gobernador- , es incapaz de ofrecer tales garantías de independencia.
Defensa de los derechos humanos
Aseguran que “a lo largo de toda su gestión como Ministro de Seguridad, ANDHES ha registrado una serie de patrones que aportan argumentos para afirmar que muchas de las políticas públicas y de las decisiones que ha encabezado son regresivas y cuestionables en materia de derechos humanos. Serias vulneraciones del derecho a la protesta (en donde las respuestas estatales al conflicto social han incluido la activación del sistema penal, contravencional y una respuesta político represiva) , incremento de casos de violencia institucional perpetrados por miembros de las fuerzas de seguridad, una deficiente política penitenciaria desplegada durante la pandemia en las cárceles de Jujuy y la evidente falta de perspectiva de género y de aplicación efectiva de la Ley Micaela en las agencias de seguridad locales son algunos de los hechos que demuestran su falta de compromiso con los derechos humanos”.
Además en estos años se han presentado acciones judiciales y repudios por distintas situaciones que evidencio las vulneraciones de los derechos de ciertos sectores de la sociedad. La participación personal del actual ministro en algunos casos, se transformó en símbolo de la intervención e intromisión del Ejecutivo, y el debilitamiento de las instituciones republicanas en la provincia.
En conclusión, afirman que “la designación del Dr Ekel Meyer en la alta magistratura provincial solo traerá consigo la disminución de calidad de las sentencias y el total desprestigio de la institución frente a la comunidad, algo sumamente preocupante en un contexto de altos índices de desconfianza que rodean al Poder Judicial de Jujuy”.
https://andhes.org.ar/wp-content/uploads/2020/12/ANDHES-IMPUGNO-A-EKEL-MEYER-2.pdf

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