Juicio Político: LOS AUDIOS DE PABLO BACA, SERÍAN LEGALES

En los últimos días de la pasada semana, previo al carnaval grande, el presidente del Superior Tribunal de Justicia Dra. Pablo Baca presentó por escrito su descargo ante la Comisión Investigadora del juicio político que se le sigue, tras una denuncia presentada por el Diputado Rubén Rivarola.

POLITICA26 de febrero de 2020Fernando BurgosFernando Burgos
BACA PABLO
Juicio PolìticoPablo Baca, presentó su descargo

Una de las cuestiones que debe resolver la Comisión y será fundamental para determinar si se da curso o no a la denuncia, es la validez de los audios presentados como prueba. Hay dos cuestiones a resolver concretamente: La primera está relacionada al modo en que fueron grabados, en forma oculta y sin autorización en este caso del demandado, Pablo Baca. La segunda cuestión, es la edición de dichos audios.

Según los responsables de la publicación que se hizo público a través de la página “El Cohete a la Luna”, los audios que se conocen públicamente es una parte de casi 60 horas de grabación que habría realizado la mujer que dialoga con Pablo Baca.

Por lo tanto, primero se debe resolver estas dos cuestiones para decidir si hay motivo o no para continuar con el juicio político ya que sería hasta inútil seguir un proceso destituido si no se tiene la certeza de que las pruebas aportadas por el Diputado Rivarola son válidas o no.

Según declaró en su momento Pablo Baca, “estos audios fueron obtenidos sin mi conocimiento ni aprobación, en forma ilegal y clandestina, y corresponden a conversaciones privadas en el ámbito de la intimidad”. Con estas palabras, Baca está reconociendo que los audios le pertenecen, con lo cual ni siquiera hace falta una pericia para determinar si la voz es o no del actual juez. Pero también agrega Baca, que “las grabaciones fueron editadas sesgadamente e interpretadas en forma mal intencionada para llegar a conclusiones que son contrarias al contenido de los audios, todo lo que se puede comprobar con solo escucharlos y compararlos con las notas que se refieren a ellos”.

Pero a entender de los asesores letrados del legislador, las conclusiones del Dr. Baca acerca de la supuesta ilegalidad de los audios publicados, es sin duda, desacertada. En la demanda, se hace referencia a dos clases de grabaciones: las propias y las ajenas.  

En este caso y en el ámbito legal, las legislaciones vigentes dicen que “serán válido grabar una conversación siempre y cuando sea una grabación propia, esto es, que quien esté grabando sea sujeto activo y participe de la misma.

Las grabaciones ajenas, siempre serán ilegales por cuanto vulneran los derechos fundamentales al secreto de las comunicaciones, establecido en la C.N., ya que el tercero no autorizado ha interferido el mensaje y ha podido conocer el contenido de la conversación que están manteniendo otras personas y de la cual el mismo no es, no ha sido parte.

La otra duda se plantea en que si se puede utilizar estas grabaciones propias como medio de prueba de defensa en un juicio. Los tribunales admiten las grabaciones como medio de prueba siempre que se cumplan una serie de requisitos, se aclara en la denuncia.

Esos requisitos son: Que no exista provocación, engaño o coacción por parte del sujeto que graba. Según se aprecia de la escucha de los audios, esto no ha sucedido. Por lo contrario, la sencillez y confianza con la que se expresa el Dr. Baca, denota que no se encontraba engañado ni mucho menos coaccionado.

También se pide que “el sujeto que graba sea parte activa de la conversación, siendo partícipe en la misma.  En este caso, está claro que las partes activas de las mismas son la interlocutora que decidió publicar por un medio informativo, y el Dr. Pablo Baca.

En este caso, se aclara, que el denunciado se exime de la necesidad de consentimiento de la persona grabada, cuando con los datos obtenidos en la grabación se pretenda la satisfacción de un interés legítimo, y en este caso, el interés legítimo no es nada más ni menos que salvaguardar los fundamentos básicos, esenciales y primordiales sobre lo que se asienta una República o un Estado Republicano como el nuestro.

Por lo tanto, la comisión investigadora tiene todos los argumentos para tomar como válido las grabaciones y no usarlas como excusa para desechar el juicio político.

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