
El Chingo: DETENIDO SE QUEMA A LO BONZO EN LA SECCIONAL 61
Un grave incidente ocurrió en la comisaría 61 del barrio El Chingo, Jujuy, donde un detenido se prendió fuego en su celda y se encuentra en estado crítico con más del 80% del cuerpo quemado.
Un hombre que desobedeció la orden judicial de abstenerse de ejercer todo acto de perturbación, intimidación y/o violencia física y psicológica hacia su expareja, fue condenado a la pena de 2 años de prisión de cumplimiento efectivo.
JUDICIALES27 de noviembre de 2024
El Expreso de Jujuy
Se trata de un individuo identificado como E.A.A., quien fue sentenciado por ser autor penalmente responsable de los delitos de “Daños, amenazas y desobediencia judicial, en concurso real”, hechos ocurrido en la ciudad de Períco.
El veredicto condenatorio fue emitido el pasado 25 de noviembre del corriente año por el Juez Unipersonal con Función de Juicio Dr. Luciano Yapura; secretaría cargo del Dr. Gastón Mercau (h).
El magistrado declaro al sentenciado reincidente y ordenó su inmediato traslado al Servicio Penitenciario de la Provincia para su alojamiento; donde, conforme a lo que él mismo condenado solicitó, deberá iniciar tratamiento psicológico y psiquiátrico tendiente a controlar sus conductas violentas y de consumo de sustancias psicoactivas.
Asimismo, el juez Dr. Yapura le impuso al penado E.A.A. la obligación de cumplir por el término de un año, una vez cumplida la condena, una serie de normas de conducta tales como someterse al cuidado del Patronato de Liberados y Encausados y de la Oficina de Control y Probation del Ministerio Público de la Acusación; abstenerse de usar estupefacientes y de abusar del consumo de bebidas alcohólicas; realizar tratamiento psicológico y psiquiátrico para sus conductas violentas y el consumo de sustancias adictivas (alcohol y / o estupefacientes) debiendo acreditarlo ante los organismos mencionados anteriormente; asistir y acreditar la realización de un curso sobre Violencia de Género hacía las Mujeres sobre nuevas masculinidades en institución pública o ONG especializada en la problemática y abstenerse de realizar cualquier tipo de conducta que altere la integridad psicofísica de la víctima.
Acusación
Según la requisitoria de la Fiscalía, el 26 de julio de 2024, aproximadamente a las 20.00 horas, la víctima, una mujer mayor de edad, se hizo presente afuera del domicilio de su ex pareja, el imputado E.A.A., ubicado en barrio San Marcos de Perico, para retirar a su hijo de 6 años de edad y al llamarlo desde el frente de la vivienda, el acusado se asomó a la ventana y amenazó a su expareja.
Seguidamente, la mujer escucho que su hija de 11 años le decía que se fuera porque el imputado estaba saliendo para golpearla, por lo que al verlo salió corriendo y se refugió en la Brigada de Investigaciones de Perico que se encuentra en cercanías de la vivienda.
Posteriormente, el acusado tiró al piso la motocicleta de su expareja, golpeándola con una patada, lo que provocó que se dañara, ya que la mujer la había dejado previamente estacionada afuera de dicha unidad policial.
Con esta manera de proceder, el acusado desobedecio la orden judicial de abstenerse de ejercer todo acto de perturbación, intimidación y/o violencia física y psicológica hacia su expareja dictada por el juez Dr. Cristian Leonardo Andrés Molina el 4 de julio de 2024, de la cual estaba debidamente notificado.
Alegatos
La representante del Ministerio Público de la Acusación, Dra. Romina Núñez, solicitó la pena de 3 años de prisión para el acusado y que se lo declare reincidente.
Por su parte, la defensa técnica de E.A.A., ejercida por el Defensor Público Penal Dr. Pablo Lozano, del Ministerio Público de la Defensa, pidió la pena de 8 meses de prisión para su defendido y que el mismo realice tratamiento psicológico y psiquiátrico.
Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrirla ante una instancia superior al Tribunal de Juicio.

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