Abusos sexuales: DOS CASOS DONDE LA CONVIVENCIA VULNERA LA INTEGRIDAD DE LOS MENORES

Diariamente se conocen distintas condenas a sujetos por abuso sexual contra menores. Lo mas lamentable es que en la mayoría de los casos, los abusadores conviven con la víctima, sea como padres o hijos o como pareja de de la madre y reciben "leves" que no llegan a remediar el daño que se le hace a las víctimas

JUDICIALES19 de septiembre de 2024Fernando BurgosFernando Burgos
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las jueces Ana Carolina Pérez Rojas, Felicia Ester Barrios y Claudia Cecilia Sadir, responasbles de la leve sentencia a un doble violador.

Esa situación pone en grave riesgo a los menores, sobre todo a las mujeres que quedan desprotegidas y quedan expuestas sobre todo cuando quedan solas en sus hogares con el victimario.

Esos hechos de violencia sexual pueden durar años, hasta que la menor se anima a denunciar; aparece una enfermedad; se embarazan o llegan a la mayoría de edad y se animan a denunciar a su agresor.

Pero también existen en muchos casos, las mulltiples violaciones donde son victimas varias hermanos o hermanas y el agresor recibe la misma condena, como si fuera un solo hecho,

Pero los daños físicos y psicológicos quedan para toda la vida y en este sentido la Justicia no adopta medidas justas como para remediar en parte esta situación, por ejemplo dictando condenas ejemplares y adoptando otras medidas para garantizar que el agresor no vuelva a acercarse a la víctima.

EL ENEMIGO EN LA FAMILIA

En la jornada de hoy se conoció el caso donde J.B.M fue condenado a la pena de 15 años de prisión, cuando violó reiteradamente a la hija de su pareja.

En este caso la calificación del delito, fue contundente, pero no se respetó el pedido de 25 años de carcel solicitada por el fiscal.

J.M.B fue juzgado por ser penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la convivencia preexistente con una menor de 18 años (un hecho), Abuso sexual gravemente ultrajante doblemente agravado por la convivencia prexistente con una menor de 18 años y por resultar un grave daño a la salud  mental de la víctima (cuatro hechos), Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima (un hecho), Abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por la convivencia prexistente con una menor de 18 años y por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima (dos hechos)”; ilícitos perpetrados contra la hija de su entonces pareja en la ciudad de Palpalá.

Los magistrados que analizaron el caso, decidieron absolver a J.B.M del delito de “Corrupción de menores” y un hecho calificado como “Abuso sexual gravemente ultrajante por resultar un grave daño a la salud mental de la víctima”.

Ante semejante delito, para la justicia no hubo daño en "la salud mental" de la menor, razón por la cual no agravaron la pena. 

La sentencia fue dictaminada por el Tribunal con Función de Juicio integrado por los Dres. Mario Ramón Puig –presidente de trámite-, María Margarita Nallar y Luis Ernesto Kamada; secretaría cargo del Dr. Ricardo Almaraz.

LOS HECHOS 

Según la requisitoria de la Fiscalía, J.B.M. fue juzgado por hechos ocurridos en dos domicilios de la ciudad de Palpalá, desde que la víctima tenía 8 años de edad en el año 2010, siendo el último en el año 2023.

En aquellos momentos, el acusado, pareja de la madre de la niña, cometía los abusos sexuales contra la menor de edad aprovechando tanto la situación de convivencia preexistente como la ausencia de la progenitora, en oportunidades que la misma se ausentaba del domicilio para ir a trabajar.  

En los alegatos, el fiscal Dr. Javier Sánchez Serantes solicitó 25 años de prisión para el acusado, a lo que adhirió la querella representada por la Dra. Tamara Juárez del Centro de Asistencia a la Víctima.

Por su parte, la abogada defensora del condenado, Dra. Sara Cabezas, requirió el mínimo de la pena establecido para los delitos, sin acuerdo con el resolutorio que establece la culpabilidad de su defendido.

Finalmente se le concedió 15 años de prisión, que deberá cumplir en el Servicio Penitenciario local, donde ya fue remitido.

OTRA SENTENCIA IRRACIONAL

En otro caso y donde realmente queda expuesta la debilidad de la justicia a la hora de dictaminar justicia, un hombre fue condenado a 10 años de prisión para abusar de dos menores de edad, con las que convivía en Alto Comedero. 

En este caso, la sentencia se dictaminó en un juicio abreviado y evidentemente beneficia al condenado, porque se le dictó una pena mínima para dos hechos de violación contra menores de edad. 

En otros países, los juicios abreviados se llevan a cabo para agilizar los tiempos de la justicia en casos que son evidentes y donde se reconoce la culpabilidad. 
Pero en Jujuy se lo usa como excusa para dictar una sentencia leve y en muchos casos para no afectar en gran medida al delincuente. 
Es el caso donde un sujeto identificado como P.O.T fue condenado a la pena de diez años de prisión por ser autor material y penalmente responsable del delito de “Abuso sexual gravemente ultrajante agravado por ser cometido contra un menor de dieciocho años aprovechando la situación de convivencia preexistente y por ser encargado de la guarda, en concurso real”, en perjuicio de dos menores de edad con las que convivía.

La sentencia fue dictaminada recientemente por las juezas con función de juicio Dras. Ana Carolina Pérez Rojas –presidenta de trámite-, Felicia Ester Barrios y Claudia Cecilia Sadir; con secretaría a cargo del Dr. Ricardo Grisetti y el Lic. Nelson Echenique.

Según la requisitoria de la Fiscalía, el acusado P.O.T fue juzgado por lo ocurrido en el transcurso de los años 2020, 2021, 2022 y 2023, sin precisar con exactitud fecha y horario de los sucesos.

En circunstancias en que dos menores edad se encontraban dentro de la habitación de su domicilio sito en el Barrio Alto Comedero al cuidado del imputado, este se acercó a las niñas y le hizo entrega de un celular para distraerlas, aprovechando la situación para abusarlas sexualmente.

El último hecho ocurrió el 10 de diciembre de 2023, aproximadamente a horas 19:40, cuando las niñas se encontraban en el mismo domicilio al cuidado del acusado, viendo videos en un celular y P.O.T. nuevamente abusó de ellas.

Juicio Abreviado

El condenado fue juzgado mediante un Juicio Abreviado al hacer lugar las magistradas al acuerdo arribado, en los términos previstos por el Art. 411 del Código Procesal Penal, por el representante del Ministerio Público de la Acusación Dr. Ariel Gil Urquiola; la querella particular representada por la Dra. Ana Laura Eliazarian, del Centro de Asistencia a la Víctima; la Defensora de Niñas, Niños y Adolescentes y personas con capacidades diferentes Dra. Luisa Burminsky; y el acusado junto su abogado, el Defensor Público Dr. David Ángel Troncoso, del Ministerio Público de la Defensa.

 
 

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