
SANCIONAN UNA AVICOLA POR ARRPOJAR POLLOS MUERTOS EN PLENA CALLE
Fernando BurgosAdemás, la cartera ambiental derivó la situación al Ministerio Público de la Acusación y al Juzgado Contravencional para que lleven a cabo acciones de acuerdo a sus competencias.
Desde el 29 de diciembre pasado, según la denuncia ante el organismo provincial, los vecinos del barrio Ex Suipacha de Alto Comedero, de San Salvador de Jujuy, percibían malos olores provenientes de pollos muertos arrojados en un sector de una granja cercana al barrio.
También expresaron la preocupación de que los pollos estaban a la intemperie y eran llevados por los perros hasta sus viviendas.
Al día siguiente, la Secretaría de Calidad Ambiental realizó una inspección con los vecinos y en presencia del administrador de la granja avícola, quien declaró ser responsable del hecho, al arrojar "unos 3.000 pollos muertos como consecuencia de un corte de energía".
Luego se constató que los pollos muertos habían sido cubiertos parcialmente con cal, persistiendo el mal olor producto de la descomposición y presencia de moscas.
En consecuencia se labró un acta de inspección y se envió un cédula de notificación al dueño de la granja, para que en un plazo de 48 horas proceda a disponer de una fosa de disposición final para el depósito de los cadáveres de pollos los cuales deberán quedar "totalmente tapados y encalados al 20%, así como otras medidas necesarias a cumplir", detalló el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático de Jujuy a través de un comunicado.
Finalizado el plazo dispuesto por la autoridad de aplicación, el equipo de la Secretaría de Calidad Ambiental volvió al lugar para verificar el cumplimiento de la remediación (medida impuesta el 4 de enero pasado), y advirtieron que no fue realizada la fosa de acuerdo a lo solicitado, habiendo removido el suelo con los restos de pollo y persistiendo aún algunos de estos animales muertos al aire libre desde los que emanaban olores nauseabundos.
En tal sentido, se aplicó una sanción pecuniaria al propietario por ser responsable de ocasionar un daño al ambiente de una magnitud clasificada como “Daño Ambiental Mediano” (Decreto Provincial Nº 5606/02 de Infracciones y Sanciones) y se volvió a exigir "una solución definitiva a la disposición de los pollos, advirtiendo que será agravada la sanción de persistir el incumplimiento".


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