Tarifazo eléctrico: PIDEN JUICIO POLITICO A AUTORIDADES DE LA SUSEPU  

Organizaciones sociales de Jujuy presentaron ante la Legislatura local un pedido de juicio político a las autoridades de la Superintendencia de Servicios Públicos y Otras Concesiones (Susepu), entidad responsable de "autorizar los aumentos tarifarios" de energía eléctrica.  

JUDICIALES27 de octubre de 2022Fernando BurgosFernando Burgos
carlos oheler susepu

El reclamo es consecuencia del conflicto que lleva más de tres meses por el envío de facturas con incrementos en la tarifa del servicio de electricidad por parte de la empresa prestataria, Ejesa.

La solicitud de juicio político de las organizaciones sociales apunta a los funcionarios Carlos Alberto Oheler y Leopoldo Hugo Montaño, -integrantes del directorio de la Susepu- por "incumplimiento en los deberes de funcionario público y abuso de poder", indicaron.

El pedido fue presentado por el Movimiento Evita, Movimiento de Trabajadores Excluidos, Corriente Nacional Martin Fierro Jujuy, Movimiento UNA Jujuy, Agrupación Peronista Artur Jauretche, Frente 22 de Agosto, Somos Barrio de Pie), CTA De Los Trabajadores, Movimiento Popular La Dignidad, Organizaciones Libres del Pueblo, Corriente Nuestra Patria, Libres del Sur, Movimiento Indígena Campesino-Cloc Vía Campesina, Corriente Pueblo Unido Jujuy y la Corriente Docente Sindical Marina Vilte.

Las organizaciones precisaron que se trata de una "excesiva readecuación tarifaria y falta de procedimiento legal constitucional, perjudicando a los más de 55.000 usuarios de Ejesa, conforme al artículo 203° y ss. de la Constitución Provincial".

En ese marco, también pidieron que se "proceda a la suspensión de los funcionarios denunciados, se los aparte de manera preventiva del cargo, inhabilitándolos para la firma de cualquier resolución que implique perjuicios económicos para los ciudadanos de la provincia" y "se inicie sumario, facilitando el ejercicio del derecho de defensa de los denunciados y se sostenga la medida hasta que se resuelva la cuestión de fondo".

Los integrantes de las organizaciones sostienen que por una resolución del organismo contralor se concedió a la empresa concesionaria "una refacturación nunca informada, retroactiva y que implicó aumento que van desde el 42% al 2500%, dando un promedio de aumento del 690%", según sostiene el documento presentado.

Asimismo, recordaron que el pasado 28 de junio, los miembros del directorio, "dictaron la Resolución N° 182/22 lo que le permitió a la Empresa Ejesa, cobre de forma retroactiva los aumentos de la luz".

Además, señalaron que "este enriquecimiento ilegal e injustificado, opera desde que se le permite la empresa Ejesa la re facturación del 1° de mayo del año 2022, cuando formalmente recién el 8 de agosto del 2022, se realizó la publicación del aumento tarifario".

En ese contexto, consideraron que se trata de un "incremento que es confiscatorio, que a su vez es ilegal e inmoral, teniendo en cuenta que los aumentos salariales para el sector público en Jujuy, llegan al 20%, siendo confiscatorio el nivel de aumentos dados a los mismos, que van del 42% al 2500%".

"¿Quién puede pagar semejante aumento?", se preguntaron sobre los aumentos tarifarios que señalaron "genera en los ciudadanos y ciudadanas de Jujuy, un menoscabo a su capital privado, y generando un derecho a una eventual privación del vital servicio a quienes no puedan pagar una factura proscriptiva de la luz, por el excesivo aumento".

La medida provocó en los últimos meses movilizaciones por parte de organizaciones sociales, sindicales y políticas para exigir a las autoridades del Gobierno jujeño una resolución al conflicto al tiempo que se requirió dejar sin efectos los aumentos tarifarios.

Asimismo, organismos de defensa al consumidor llevaron los reclamos a la Justicia ordinaria, y presentaron un recurso de amparo por lo que el Poder Judicial, ordenó en el mes de agosto pasado la suspensión de los cortes del servicio de energía eléctrica por facturas impagas de los usuarios y estableció que la Susepu debe velar por la medida. (Télam)

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