
Injusticia: ABUSO DE SU NIETA DURANTE 3 AÑOS Y LO CONDENAN A 6 DE PRISIÓN
El Expreso de JujuyOtra vez la justicia queda expuesta por una condena débil para un aberrante hecho, donde las secuelas son permanente, sobre todo para una niña que empezó a ser abusada sexualmente a los 4 años de edad.
La condena fue impuesta por el Tribunal en lo Criminal Nº 2 condenó a un hombre , V S. G., a la pena de 6 años de prisión por ser autor material y responsable del delito de “Abuso sexual simple agravado por el vínculo”, hecho que tuvo lugar en la ciudad de San Pedro de Jujuy.
El abuso sexual es una agresión sexual violenta, no simple, que atenta contra la libertad sexual de la persona y su derecho a elegir la actividad sexual que quiere realizar. Si es cometido contra un menor afecta además su desarrollo personal en su sexualidad.
En este caso, hay un triple agravante, el cual debería haber sido considerado para dictar la pena mayor que cabe para este tipo de hecho.
La primera agravante es el parentesco con la víctima. V.S.G. es abuelo de la menor, pero además el sometimiento sexual fue gravemente ultrajante para la víctima. La segunda agravante se entiende por acceso carnal, o violación de la menor y también sigue siendo perjudicial o humillante por la edad o situación de la víctima en este caso una menor de 16 años. El abusador en este caso se aprovechó de su inmadurez sexual, en razón de la mayoría de edad o su relación de preeminencia respecto de la víctima.
No es la primera vez que la justicia sanciona a abusadores con sentencia “leves” y en otro caso hasta permite que el abusador vuelva a convivir con la persona abusada tras cumplir su sentencia.
Los hechos por los que V.S.G. fue acusado por la Fiscalía ocurrieron entre los años 2016 y 2019, aproximadamente, en un inmueble ubicado en San Pedro de Jujuy, donde vivía la víctima, una niña que tenía 4 a 7 años en ese lapso de tiempo, junto a sus progenitores.
El imputado visitaba a la menor, quien es su nieta, y aprovechaba la situación para abusar sexualmente de la misma efectuándole tocamientos en sus partes íntimas, para luego accederla carnalmente, ilícito que se reiteró en diversas ocasiones.
El fallo autoriza que una vez firme el fallo, se oficie al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual a los fines de lo establecido por el artículo 2 de la Ley Nº 26.879, de creación del organismo.
El veredicto de los jueces Luís Kamada -presidente de trámite-, Lucas Grenni y Javier Salvatierra, fue dado a conocer por el secretario del Tribunal, Dr. Alejandro Castagna.
En los alegatos del juicio, el Fiscal ante el Tribunal, Dr. Diego Cussel, solicitó la pena de 15 años de prisión para el acusado.
En tanto, el abogado defensor, Dr. Efraín Garay, pidió que se lo condene como autor del delito de abuso sexual simple.
Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior al Tribunal de juicio.


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