
Potrero de Yala: NATURALEZA Y CUIDADO AMBIENTAL EN LA CASCADA DE LA HORQUESTA
El Parque Provincial Potrero de Yala invita a descubrir la Cascada de La Horqueta, una joya cercana a la ciudad, con recomendaciones para un disfrute seguro.
La implementación del cargo FOPEJ en las boletas de la luz, sería totalmente ilegal. La conclusión se desprende de una resolución de la SUSEPU, emitida tras la audiencia pública convocada para determinar su aplicación, donde se aclara que para la implementación de este cargo tendría que haberse modificado el contrato de concesión con la empresa EJESA.
JUJUY14 de febrero de 2020
Fernando Burgos
Además el organismo contralor, observa que el Decreto Nº 3526-ISPTyV 2017, que autoriza a EJESA a incluir el Cargo FOPEJ en la factura que emita a sus usuarios del servicio de energía “no determina su estructura ni un procedimiento en particular para su incorporación”. Queda claro entonces que no hay un motivo real por el cual se implemente este cargo, además de otras irregularidades detectadas y que tanto la Defensoría del Pueblo como la SUSEPU dejaron pasar pese las observaciones realizadas.
Según la SUSEPU, el cargo FOPEJ tiene como finalidad “en el corto plazo, fondear la actividad de generación de energía eléctrica del Sistema Aislado Provincia y, en el mediano plazo, ejecutar las obras de infraestructura eléctrica necesaria para el cumplimiento de los objetivos de la política provincial y la eliminación de componente de costo SAP. Por lo tanto la implementación del FOPEJ debía ser “transitoria”, hasta tanto se termine de interconectar el Sistema Aislado Provincial al sistema Interconectado.
En febrero del 2018, la Provincia y las empresa EJESA y EJSEDSA, firmaron un convenio para la conversión de ocho localidades de las regiones de la Puna y los Valles a Pueblos Solares produciéndose en esta primera etapa la conversión en Caspalá, Santa Ana, Catua, El Toro y Olaroz Chico.
Según el gobernador Gerardo Morales y su política de implementación de energía limpia en toda la provincia, La Quiaca en un corto plazo se estaría autoabasteciendo de energía mediante el sistema solar, razón por la cual tampoco le generaría un costo extra a la provincia y a los usuarios a través del SAP. Actualmente el estado nacional continúa subsidiando a la provincia con gasoil para mantener ese sistema, a pesar de que la usina de La Quiaca funciona a gas natural.
Durante la audiencia pública, el Sindicato de Luz y Fuerza de Jujuy solicitó que “se informe la evolución del Fondo de manera periódica”, o sea que se diga en que se invirtieron los recursos y el estado de cuenta del FOPEJ, lo que nunca sucedió.
La Dra. Claudia González, fue la que cuestionó el “origen de los recursos previstos en lo márgenes de la Ley Nº 4888. Efe3ctivamente queda claro que se trata de un aporte de los usuarios, porque el mismo Decreto en el Art. 2ª autoriza a incorporar en la factura de los usuarios el servicio de energía el Cargo FOPEJ y por lo tanto para que sea válido este aporte se debe modificar el contrato de Concesión con la empresa EJESA.
En las observaciones realizadas por la Defensoría del Pueblo, se plantea la falta de especificación del carácter que se atribuye al cargo, si se trata de un impuesto o tasa, y que la metodología de cálculo propuesta resulta “difusa” en tanto depende del cargo correspondiente al Sistema Aislado Provincial, solicitando además se determine la existencia de usuarios exentos.

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