
Tren solar: AVANZA CAUSA FEDERAL POR DESALOJO DE VECINOS EN ESTACIÓN TILCARA
El Expreso de Jujuy
En la resolución, la magistrada también rechaza la medida cautelar en contra del Estado Provincial- Gobierno de la Provincia de Jujuy debido a que existe una similitud de pretensiones entre la cautelar y el amparo, “ya que la medida cautelar coincide y/o se confunde total o parcialmente con el objeto final de la pretensión, siendo que la acción de amparo debe tramitarse por un proceso que se caracteriza por ser breve y expedito, pero garantizando siempre el debido proceso legal y el derecho de defensa en juicio de la demandada”, especifica.
La acción de amparo es promovida en contra del Estado Provincial- Gobierno de la Provincia de Jujuy, el Gobernador de la Provincia de Jujuy, funcionarios intervinientes del Poder Ejecutivo Provincial; Funcionarios del Poder Judicial y del Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Jujuy de conformidad con lo dispuesto por el art. 8 de la ley N° 16.986. Básicamente todos deberán rendir cuenta de lo actuado en el desalojo del 15 de enero Tilcara.
Además se requirió al gobierno “un informe circunstanciado acerca de los antecedentes de hecho y derecho que motiva la situación denunciada, el que deberá ser evacuado en el término de cinco (5) días de notificadas para contestar demanda y agregar las pruebas que asistan a su derecho”.
Posteriormente a este plazo, podría fijarse fecha de audiencia y se estaría resolviendo el caso en los plazos establecidos por ley.


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