
Ocurrió en la Ruta Provincial 4, a la altura del mirador de las Termas de Reyes. Tras el rescate, Same asistió a las personas accidentadas.
El Tribunal de Revisión confirmó la sentencia a prisión perpetua de Magalí Quiroga por el homicidio de José María Villafañe, dictada el 14 de junio de 2023 por el Tribunal en lo Criminal Nº 1.
JUDICIALES20 de septiembre de 2023
Fernando Burgos
La decisión se adoptó luego que se resolviera no hacer lugar a la impugnación deducida por los abogados defensores de la condenada.
Así lo resolvieron el juez Dr. Cristian Torres Magallanes– presidente de trámite- y la jueza Dra. Gisela Rita Macina, quienes confirmaron la pena de prisión perpetua aplicada a Magali Quiroga por ser autora penalmente responsable de los delitos de “Homicidio agravado por el vínculo y Tenencia ilegal de arma de fuego en concurso real”.
Como juez de resguardo del Tribunal de Revisión se desempeñó el Dr. Luis Ernesto Kamada; mientras que las partes que intervinieron en el trámite del recurso de revisión fueron el Fiscal Dr. Sergio Marcelo Cuellar, en representación del Ministerio Público de la Acusación; los querellantes, Dres. Fernando Iconomovich y Sebastián Iconomovich; y los abogados defensores de Quiroga, Dra. Natacha Freijo y Dr. Raúl Sebastián Colqui.
Como se recordará, Quiroga fue condenada por lo ocurrido el 3 de mayo de 2020, aproximadamente a las 3.20 horas, ocasión en que se encontraba junto a su pareja, José María Villafañe, y una persona a establecer, a bordo de un vehículo Ford Eco Sport, en el barrio 30 Hectáreas de Alto Comedero, en San Salvador de Jujuy.
En esas circunstancias, mientras la persona a establecer sujetaba a Villafañe, Magalí Quiroga tomó entre sus manos un arma de fuego y con claras intenciones de quitarle la vida procedió a efectuarle un disparo a Villafañe, impactándolo en su cabeza y provocándole la muerte inmediata.
La audiencia de revisión se llevó a cabo de manera virtual, mediante la plataforma digital de la Oficina de Gestión Judicial.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido por el Código Procesal Penal, a partir de lo cual las partes podrán recurrir la misma ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia.

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