
CONDENAN A OTRO ABUSADOR A CUMPLIR 9 AÑOS DE PRISION
El Expreso de Jujuy
El Tribunal en lo Criminal Nº 3 aplicó la pena a E.T.B. por ser autor material y responsable del delito de "Abuso sexual gravemente ultrajante, agravado cuando por ser la víctima un menor de 18 años, y aprovechar la situación de convivencia preexistente, y amenazas en concurso real".
Según fuentes judiciales, en el veredicto emitido ayer se ordenó, además, la obtención de los perfiles genéticos del condenado para incorporarlo al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez que quede firme y consentida la sentencia.
El Tribunal que lo condenó estuvo integrado por las juezas María Margarita Nallar – presidenta de trámite-, Ana Carolina Pérez Rojas y el juez Mario Ramón Puig.
De acuerdo con la acusación de la fiscalía, desde el año 2015 aproximadamente, en un domicilio ubicado en Alto Comedero de San Salvador de Jujuy, el imputado ingresó en numerosas oportunidades al dormitorio de la menor de 12 años, donde la abusaba sexualmente.
El sujeto aprovechaba la situación de convivencia con la niña, que es hija de su pareja, y la última vez que abusó sexualmente de la niña fue el 20 de abril de 2020.
Dos días después de esa fecha, ingresó a la vivienda donde se encontraba la mamá de la víctima, quién ya tenía conocimiento de los hechos delictivos.
Ante esto, E.T.B. amenazó con matar a la mujer, a sus hijos y luego quitarse la vida si ella le contaba lo ocurrido a alguien, según consta en la acusación. Posteriormente, la mujer se comunicó con personal policial, y se detuvo al imputado.
En los alegatos, el fiscal del Ministerio Público de la Acusación Darío Osinaga pidió para el imputado la pena de 12 años de prisión; mientras que la querella a cargo de Gisela Paz, en representación de la madre de la menor víctima, solicitó 20 años de prisión para E.T.B.
Por su parte, la defensa técnica del enjuiciado requirió para su defendido la absolución por el beneficio de la duda o subsidiariamente 3 años de prisión de ejecución condicional.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro del plazo legal establecido en el Código Procesal Penal de la provincia, fecha a partir de la cual las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior al Tribunal de juicio.
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