
HABILITAN EL REGISTRO DE CASAS DE FAMILIA PARA TURISTAS
El Expreso de Jujuy
El Ministerio de Cultura y Turismo a través de la Secretaria de Turismo habilitó el Registro de Casas de Familia para brindar alojamiento en el marco de las disposiciones del Artículo 6 de la Ley 5737 “De Regulación de Alojamientos Turísticos para la Provincia de Jujuy”.
El plexo normativo detalla en el Inciso ñ) que "se habilita la apertura de una oferta de este tipo cuando la demanda turística colme la capacidad de los establecimientos existentes y, únicamente, mientras subsistan dichas circunstancias excepcionales”.
Con este sentido, el organismo provincial dispuso la apertura del registro de Casas de Familia, con el objetivo puntual de contener la demanda de alojamiento que se pueda presentar en el periodo de celebración del Carnaval Grande, entre el 25 de febrero y el 2 de marzo de 2022.
Las unidades serán habilitadas exclusivamente por la Secretaría de Turismo, con una inspección previa y la homologación de tarifas, no pudiendo los propietarios realizar publicidad ni acciones comerciales de ningún tipo, bajo apercibimiento de sanciones, siendo las Oficinas de Información Turística exclusivamente quienes brinden la información de contacto a los viajeros.


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