
Coronavirus: RECHAZARON HABEAS CORPUS EN FAVOR DE PRESOS
El Expreso de Jujuy
En un duro informe, el magistrado argumentó que la provincia no está en condiciones de garantizar a la justicia el seguro aislamiento de las personas que están privadas de la libertad y que constituirían un grupo de riesgo por el Coronavirus.
En síntesis, dijo que es mejor que estarán mejor en cualquier unidad carcelaria, que cumpliendo arresto domiciliario o en libertad asistida.
Además ordenó al Ministro de Salud de la Provincia Gustavo Bohuid, nombrar a dos profesionales médicos en el Servicio Penitenciario Provincial durante el tiempo que demande la crisis causada por la pandemia Covid-19, así como entregar las dosis vacunatorias que le fueron requeridas por las autoridades penitenciarias .
La medida obedece a que quedó en evidencia que el Servicio penitenciario solo cuenta con dos profesionales médicos para atender a toda la población carcelaria de la provincia.
En la presentación realizada por la Defensora Ivone Haquim (hermana del vice gobernador Carlos Haquim), se solicitaba que a través del Habeas corpus correctivo, se provea a través de diferentes condiciones la libertad asistida, condicional o adelantamiento de las penas a todas aquellos presos que estén en situación de vulnerabilidad sanitaria respecto al coronavirus.
Específicamente se planteó que se ordene el cese del agravamiento de las condiciones de detención que padecen los internos alojados en las distintas unidades carcelarias, en aras de salvaguardar su derecho a la salud y a la vida, conforme a la pandemia desatada por la enfermedad de Covid-19; se repare la situación en relación al excesivo hacinamiento en el que se encuentran las personas allí alojadas, y se determine un mecanismo que evite tal exposición.
Según un extenso informe del Jefe del Servicio Penitenciario, Inspector General, Daniel José Chaile, no se habrían detectado situaciones de violencia de violencia estructural, contra del personal del servicio.
Reconoció además que dentro de la población carcelaria existe una gran cantidad de internos que estarían incluidos dentro de los denominados grupos de riesgo, por lo que sería oportuno que del área salud, administración penitenciaria, y en general, las autoridades del Poder Ejecutivo se expidan sobre la proyección del virus dentro del contexto de encierro, en atención a los recursos existentes dentro de la institución, como medicamentos, personal sanitario, y logística general para hacer frente a la pandemia en el momento de instalarse dentro del contexto de encierro.
Destacó que la institución solo cuenta con dos médicos de planta permanente y dieciséis enfermeros para todos los establecimientos del servicio, capacitados por profesionales del Ministerio de Salud para la realización del Triage.
Por otro lado dijo que se adoptaron distintas medidas para evitar la propagación del virus dentro de las unidades carcelarias, como la prohibición de visitas, acordado con los mismos reos y la realización de todo tipo de actividad multitudinaria, sea religiosa, cultural o deportiva.
El magistrado solicitó un informe al Ministro de Seguridad de la Provincia Ekel Meyer respecto de la cantidad de aparatos de monitoreo satelital con que contaría la Policía de la Provincia para su utilización inmediata, así como la cantidad de efectivos policiales necesarios por protocolo para el cumplimiento de las tareas de vigilancia en casos de privación de libertad bajo modalidad de arresto domiciliario, y la disponibilidad actual.
La repuesta no fue la esperada, el funcionario del gobierno de Gerardo Morales respondió “en la actualidad no cuenta con dispositivos electrónicos de monitoreo de personas, por encontrarse toda la existencia en utilización. Agregando también que se necesitan tres efectivos policiales por domicilio para cubrir las 24 horas, pero que actualmente la fuerza policial no cuenta con capacidad operativa para realizar ningún servicio de custodia, en virtud de que el cien por ciento de los efectivos se encuentran abocados a tareas de prevención y seguridad en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, dictado por el Sr. Presidente de la Nación, y a los fines de dar estricto cumplimiento con sus disposiciones, y evitar alteraciones del orden público”.
Por lo tanto no hay ninguna posibilidad de que los presos puedan ser monitoreados o custodiados por personal policial en caso de concederse algún régimen especial.


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