
AFA QUIERE DESAFILIAR A ESTUDIANTES DE LA PLATA POR CONVERTIRSE EN SAD
El Expreso de Jujuy
Estudiantes de La Plata, el club de Primera división está a punto de convertirse en una SAD (Sociedad Anónima Deportiva) y sería inminente la desafiliación del club presidido por Juan Sebastián Verón.
Guillermo Tofoni, uno de los empresarios más importantes del fútbol argentino dueño de la empresa World Eleven, confirmó que Estudiantes de La Plata será una SAD de la mano de Foster Gillet (el magante estadounidense quien invertirá 150 millones de dólares en Estudiantes.
De producirse la salida de Estudiantes de la Plata debería ascender San Martín de Tucumán, el que perdió la final del ascenso.
Declarada la guerra entre la AFA y Estudiantes de La Plata como SAD, hay que tener en cuenta por un lado lo que dice el artículo 19 del DNU firmado por el presidente de la Nación, Javier Milei, quien alienta la privatización del fútbol argentino y la conversión de los clubes en sociedades anónimas deportivas. Alli se establece: "No podrá impedirse, dificultarse, privarse o menoscabarse cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, si la misma está reconocida en esta ley y normas complementarias", reza el texto.
En simples palabras, desde el Gobierno le estarían “prohibiendo” a AFA, “prohibirle” participar o jugar a algún club que quiera ser SAD.
Pero el Estatuto de la AFA en el Art. 116º especifica: EXPULSION Y/O DESAFILIACION - La pena de expulsión y/o desafiliación, comportan la pérdida para el club castigado de todos los derechos que el Estatuto de la AFA reconoce a los clubs y lo inhabilita permanentemente para realizar partidos de fútbol de cualquier carácter que fueren, con institución afiliada a la AFA o a la FIFA. La expulsión y/o desafiliación aplicada a club, no inhabilita a las personas que lo integren, salvo resolución expresa en contrario del Tribunal de Disciplina Deportiva de la AFA".
Y el artículo 117 dice: "Art. 117º.- PERDIDA DE CATEGORIA - La pena de pérdida de categoría, comporta para el club castigado el descenso a la finalización del respectivo campeonato oficial a la categoría inmediata inferior sea cual fuere la cantidad de puntos que haya obtenido en la tabla de posiciones pertinente".


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