
INTERNARON NUEVAMENTE A MILAGRO SALA, LUEGO DE ROMPER LA PRISIÓN DOMICILIARIA
La decisión de ir a un centro asistencial no estuvo avalada por la Justicia. Además, se mudó sin el aval correspondiente y organizó el cumpleaños de su hija.
Un sujeto identificado como J.A.C fue condenado a la pena de ocho años de prisión por ser autor penalmente responsable de los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal y Hurto en concurso real”, hechos ocurridos en la ciudad de Perico.
JUDICIALES21 de octubre de 2024
El Expreso de Jujuy
Tras el fallo J.A.C. inmediatamente fue traslado hacia el Servicio Penitenciario de la Provincia para el cumplimiento efectivo de la pena.
El sentenciado además deberá pagar a la víctima una suma de dinero en concepto de reparación económica.
Se dispuso que se obtengan los perfiles genéticos de J.A.C. a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos Contra la Integridad Sexual, una vez firme y consentida la sentencia.
Los hechos
El hecho por el que fue condenado J.A.C ocurrió el 18 de febrero de 2024, a horas 10:00 aproximadamente, en circunstancias que la víctima salía de un bar ubicado en la ciudad de Perico.
El acusado circulaba en una motocicleta por el lugar y se ofreció a llevar a la mujer hasta su domicilio, por lo cual ella se subió confiada al rodado.
Al circular a la altura del hospital Arturo Zabala, el imputado se desvío por Ruta Provincial Nº 54, llevando a la víctima a un descampado.
El sujeto se bajó del rodado, se le acercó a la mujer y procedió a agarrarla del cabello para tirarla al suelo, arrastrarla y abusarla sexualmente.
Finalmente, J.A.C se levantó y sustrajo de la riñonera de la víctima un teléfono celular y la suma de tres mil pesos, para luego darse a la fuga con dichos bienes en la motocicleta.
Juicio Abreviado
El acusado fue juzgado mediante un Juicio Abreviado al hacer lugar los magistrados al acuerdo arribado, en los términos previstos por el Art. 411 del Código Procesal Penal – Ley Nº 6.259, por la representante del Ministerio Público de la Acusación Dra. Romina Núñez, la querella representada por la Dra. Ana Eliazarian del Centro de Asistencia a la Víctima y el imputado junto su abogado, el Defensor Oficial Dr. Pablo Lozano, del Ministerio Público de la Defensa.
La sentencia fue dictaminada por los jueces con Función de Juicio Dres. Mario Ramón Puig –presidente de trámite-, Felicia Ester Barrios y María Alejandra Tolaba; secretaría a cargo del Dr. Ricardo Almaraz.

La decisión de ir a un centro asistencial no estuvo avalada por la Justicia. Además, se mudó sin el aval correspondiente y organizó el cumpleaños de su hija.

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