
INTERNARON NUEVAMENTE A MILAGRO SALA, LUEGO DE ROMPER LA PRISIÓN DOMICILIARIA
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La justicia jujeña no podía otorgarle más beneficios a un individuo que le destruyó la vida a una menor de edad. En un juicio bajo la nueva modalidad “Unipersonal”, se lo condeno a 5 años de prisión por el delito de “Abuso Sexual Gravemente Ultrajante”. El abusador, estaba en libertad desde el 31 de agosto del 2023 y seguirá con esa modalidad hasta que la sentencia quede firme.
JUDICIALES27 de marzo de 2024
Fernando Burgos
El juicio unipersonal nace con la sanción de la ley 27.307 y se utiliza de forma obligatoria en aquellos casos en los que la pena del delito sea de hasta seis años de prisión; optativa para aquellas causas donde el delito comprende penas de entre 6 y 15 años de prisión; y, finalmente, la decisión “colegiada” –es decir, tomada de conjunto por los tres jueces- será obligatoria para los casos que comprendan penas mayores a 15 años de prisión
Esta ley permite que cualquiera de los jueces miembros del tribunal pueda tomar una decisión, en ciertos casos, sin la necesidad de que sus colegas brinden su acuerdo.
Bajo esta modalidad se le dio todo tipo de beneficios a una persona que ultrajó gravemente a una menor de edad, dejándole secuelas para toda la vida.
En el veredicto fue dictado recientemente en el recinto de audiencias de la Oficina de Gestión Judicial por la Jueza con Función de Juicio bajo la modalidad Unipersonal, Dra. Cecilia Sadir.
El acusado V.H.V. es un hombre que abusó sexualmente de una niña en la localidad de San Antonio. De acuerdo con la acusación formulada por la Fiscalía, el hecho ocurrió en el año 2019 entre los meses de septiembre a diciembre, en la habitación del imputado, cuando la víctima se encontraba durmiendo sobre la cama y procedió a abusarla sexualmente,
Como representante del Ministerio Público de la Acusación se desempeñó la Dra. Romina Núñez, quien solicitó la pena de 6 años de prisión para el enjuiciado.
Mientras que la querella, a cargo del representante del Centro de Asistencia a la Victima, Dr. Joaquín Campos, adhirió a lo solicitado por la fiscal.
Por su parte, la defensa técnica del acusado, ejercida por el Dr. Raúl Humberto Torrejón, solicitó el cambio de la calificación del delito al de “Abuso Sexual Simple”, con una pena de 3 años de prisión de ejecución condicional.
Además, la magistrada dispuso que el condenado siga manteniendo la libertad que viene gozando, debiendo continuar con la medida restrictiva de prohibición de acercamiento vigente, ordenada por el Juez de Control en fecha 31 de agosto de 2023, respecto de la menor víctima como así también de la madre de la misma, hasta tanto devenga en firme la sentencia.
Asimismo, ordenó la extracción de muestras biológicas de V.H.V. a efectos de su identificación genética para inscripción en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, una vez firme la sentencia.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer en el plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual las partes podrían solicitar su revisión ante una instancia superior a la de la Jueza con Función de Juicio.

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