Incendios Forestales: DECLARAN LA EMERGENCIA ÍGNEA Y TRIPLICAN LAS MULTAS

El gobierno provincial declaró el "Estado de Emergencia Ígnea" en Jujuy hasta marzo de 2023 y triplicó las multas por iniciar un incendio forestal y se creará un Comité de Emergencia Ígnea.  

JUJUY15 de septiembre de 2022Fernando BurgosFernando Burgos
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Esta herramienta administrativa servirá para respaldar a todos los equipos del gobierno provincial que trabajan en el lugar y tener una política clara que desaliente los incendios forestales intencionales en Jujuy que degradan el bosque nativo y afectan la fauna nativa.

A través del decreto acuerdo N°6573 y con el objetivo de fortalecer la estrategia de política pública en materia de incendios de vegetación, y mitigar las consecuencias ambientales, productivas, económicas, sociales y sanitarias, el Gobierno de la Provincia de Jujuy declaró el “Estado de Emergencia Ígnea” en todo el territorio provincial hasta el 31 de marzo de 2023.

También se dispuso la creación de un "Comité de Emergencia Ígnea", que se compondrá por distintas unidades de organización del Gobierno Provincial y Municipales de las zonas afectadas, siendo el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático el responsable de coordinar las medidas y acciones necesarias para atender la emergencia declarada.

Queda totalmente prohibida todo tipo de quema al aire libre y de toda actividad que pueda dar lugar al inicio de incendios de vegetación.

Suspende las quemas controladas de pastizales, cañaverales, malezas, matorrales, cultivos agrícolas o forestales, bosques, baldíos y, en general, cualquiera de los diferentes tipos de asociaciones vegetales; y toda autorización concedida y/o trámites administrativos en curso, para ello.

 Por otra parte, como medida restrictiva incrementa al triple el valor de las sanciones previstas por el Artículo 21° de la Ley Provincial Nº 5.018 de “Prevención y Lucha contra Incendios en áreas Rurales y/o Forestales”, y su Decreto Reglamentario:

 Así, las faltas calificadas como “leves” serán penadas primero con apercibimiento por única vez o multa: como mínimo se fija en una suma de dinero equivalente a Tres Mil Seiscientos (3600) litros de nafta súper, con los costos actuales el valor rondaría los $ 523.800 (pesos); las faltas calificadas como “graves” se impondrá una multas de un mínimo equivalente a Seis Mil (6000) litros de nafta súper aproximadamente $873.000 (pesos); y las faltas calificadas como “Muy Graves”, la unidad fijada es equivalente a Quince Mil (15.000) litros de nafta súper) monto cercano $ 2.182.500.

En cuanto a la prevención, dispone la obligatoriedad de extremar este tipo de medidas contra incendios, en especial para concesionarios de infraestructuras turísticas, campings, complejos hoteleros y/o cabañas, campos, casas de verano, clubes, predios de esparcimiento en general.

También dispone la intensificación de las campañas de concientización, información, sensibilización, y la educación ambiental de carácter formal y no formal, respecto de las conductas y medidas de prevención a adoptar por la sociedad para erradicar quemas e incendios forestales, y eliminar el uso indebido del fuego.

Además, se crea un Fondo de Prevención de Incendios y se dispone la simplificación administrativa para la compra de insumos y todos los requerimientos de las instituciones que trabajan en el control y extinción de los incendios forestales en las yungas jujeñas.

Finalmente, el Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, por medio de sus dependencias, dispondrá la concreción de obras necesarias para el urgente abastecimiento de agua para las brigadas de incendios en áreas de mayor riesgo y la instalación de cartelería preventiva de incendios forestales en todas las rutas provinciales.

Esta iniciativa fue propuesta por el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático dada la cantidad, voracidad y descontrol de los incendios forestales y rurales producidos en distintas regiones de la Provincia, provocando el deterioro de la flora y fauna nativa, degradación de los suelos y calidad del aire, contaminación de los ríos y lagos, con impacto devastador en el sistema productivo y socio sanitario en las comunidades locales, lo que impone la obligación de arbitrar todas las medidas necesarias para abordar esta situación de emergencia.

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