
INTERNARON NUEVAMENTE A MILAGRO SALA, LUEGO DE ROMPER LA PRISIÓN DOMICILIARIA
La decisión de ir a un centro asistencial no estuvo avalada por la Justicia. Además, se mudó sin el aval correspondiente y organizó el cumpleaños de su hija.
Abusó de su hija al menos en tres oportunidades, entre julio y noviembre del 2019 en un barrio de la zona sur de la capital jujeña, razón por la cual recibió una condena de 15 años de cárcel.
JUDICIALES24 de mayo de 2023
Fernando Burgos
El fallo, dictado por el Tribunal en lo Criminal 1, recayó contra un hombre cuyas iniciales de identificación son G.E.C., por resultar responsable del delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por ser cometido por un ascendiente y por la guarda, tres hechos en concurso real”.
De acuerdo a la acusación impulsada por la fiscalía, tres fueron los hechos delictivos por los que G.E.C. fue sometido a juicio y condenado, los cuales fueron perpetrados contra su hija menor de edad, durante el período comprendido entre los meses julio y noviembre de 2019.
Los ilícitos ocurrieron en una vivienda ubicada en un barrio de la zona sur de San Salvador de Jujuy en la que convivía el grupo familiar, en circunstancias en la que la madre la víctima no se encontraba en el domicilio y el acusado ingresaba al dormitorio de la hija y la abusaba sexualmente.
El veredicto emitido por el juez Luciano Yapura -presidente de trámite- y las juezas Felicia Barrios y Alejandra Tolaba, también resolvió que una vez firme y consentida la sentencia, se obtengan los perfiles genéticos del condenado a los efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
Como fiscal ante el Tribunal se desempeñó, María Emilia Curten Haquim, quien en sus alegatos solicitó la pena de 15 años de prisión para el acusado; mientras que la parte querellante, Silvana Virginia Ibáñez, adhirió a lo requerido por la fiscal.
Por su parte, los abogados defensores doctores Federico Nicolás Llermanos y Carlos Alberto Ruíz, pidieron la absolución por el beneficio de la duda de su defendido.

La decisión de ir a un centro asistencial no estuvo avalada por la Justicia. Además, se mudó sin el aval correspondiente y organizó el cumpleaños de su hija.

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