
Ocurrió en la Ruta Provincial 4, a la altura del mirador de las Termas de Reyes. Tras el rescate, Same asistió a las personas accidentadas.
El Tribunal en lo Criminal Nº 3 condenó a M.A.H. a la pena de 12 años de prisión por ser autor penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal reiterado agravado por la situación de convivencia" cometidos contra dos niñas menores de dieciocho años y durante varios años.
JUDICIALES24 de noviembre de 2022
El Expreso de Jujuy
De acuerdo con la requisitoria de la Fiscalía, el acusado, M.A.H., llegó a juicio por ilícitos que cometió contra dos menores de edad, con las que convivía en una vivienda ubicada en San Pedro de Jujuy.
Con respecto a la primera víctima se indica que desde el mes de junio de 2011, el imputado abusó desde que esta tenía 11 años y a lo largo del tiempo hasta que ella cumplió los 18 años de edad, en reiteradas ocasiones y en las oportunidades en que su accionar se veía facilitado por la convivencia temporal con la menor.
El otro hecho delictivo sucedió a partir del año 2015, con otra niña que en ese momento tenía 6 años de edad, a la cual el imputado abusaba sexualmente en horas de la noche y en reiteradas ocasiones, siendo la última de las agresiones sexuales contra la menor a comienzo de la emergencia sanitaria, es decir con posterioridad al 18 de marzo de 2020.
Procedimiento especial
El juicio se resolvió en una única audiencia oral en la que se aplicó el procedimiento especial establecido en el Artículo 492 del Código Procesal Penal de la Provincia, mediante el cual se omite la recepción de la prueba debido a que el imputado confesó su culpabilidad y se logró arribar a un acuerdo entre el Tribunal, el fiscal y el abogado defensor del enjuiciado.
En su alegato, el representante del Ministerio Público de la Acusación, Dr. Alejandro Bosatti, solicitó la pena de 12 años de prisión para el acusado; petición a la que adhirieron tanto la querellante, Dra. Luisa Carmen Burmiñski, perteneciente al Ministerio Público de la Defensa Civil, como el abogado defensor del acusado, Dr. Gonzalo Ramón Martínez.
En el veredicto de los jueces ordenaron el inmediato traslado de M.A.H., al Servicio Penitenciario de la Provincia para su alojamiento e incorporación al régimen de progresividad de la pena.
Además, se dispuso que, firme y consentida la sentencia, se obtenga el perfil genético del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
El Tribunal estuvo integrado por el juez Mario Ramón Puig – presidente de trámite-, y las juezas Carolina Pérez Rojas y Margarita Nallar; en tanto la secretaría estuvo a cargo del Dr. Héctor Mario Bernal

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No hay causal de detención; ausencia del carcelero al producirse el incendio; carcelero se retira llevándose las llaves de las celdas; carcelero no figura en el rescate; la requisa no figura en el libro de guardia; secuestro de un cinto, cuando usaba un pantalón tipo jogging; no hubo asistencia oportuna; una tercera persona habría iniciado el fuego dentro de la celda. Estas serían algunas de las irregularidades que se produjeron antes y después de la muerte de Ariel Vilte en la Comisaría del Barrio Chijra.

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