
El Chingo: DETENIDO SE QUEMA A LO BONZO EN LA SECCIONAL 61
Un grave incidente ocurrió en la comisaría 61 del barrio El Chingo, Jujuy, donde un detenido se prendió fuego en su celda y se encuentra en estado crítico con más del 80% del cuerpo quemado.
“No se discute la protesta social, sino las contravenciones que se cometen en ese marco” aseguró el juez contravencional N° 1, José Matías Ustárez Carrillo al hacer referencia a la decisión del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia que ratificó el fallo contravencional condenatorio a personas a causa de los incidentes ocasionados por los CEIJA en el ingreso principal a la Casa de Gobierno.
JUDICIALES13 de enero de 2021
El Expreso de JujuySegún el magistrado, “el de la protesta es un derecho constitucional, indiscutible y garantizado”, pero advirtió que el fallo del Superior Tribunal “sienta el criterio de que los derechos constitucionales no son absolutos, sino que deben ceder, asegurando en este caso el derecho a transitar y participar de una protesta social”.
En ese sentido, expresó que “no se discute la protesta social, sino las contravenciones que se cometen en ese marco” y añadió que “corresponde sanción a quienes permanezcan en espacios públicos, alterando el orden, limitando la circulación, causando temor en la población o afectando de cualquier manera los derechos de los demás”.
Recordó que en oportunidad del reclamo por los CEIJA de 2018, “se instalaron gazebos y colocaron carteles en el ingreso a la Casa de Gobierno, con la consecuente obstaculización del acceso al edificio público”.
Indicó también que “tras un proceso largo, en el que se recibieron muchas testimoniales y se garantizó la defensa, en el caso de esa protesta se dictó sentencia condenatoria con posteriores instancias de recursos, entre ellos uno de inconstitucionalidad que llegó a la órbita del Superior Tribunal de Justicia que ratificó el fallo condenatorio inicial de la Justicia Contravencional”.
“Se convalidó así la constitucionalidad de nuestro Código Contravencional que fuera discutido y cuestionado por parte de la defensa”, puntualizó y destacó que “este es el valor jurídico que tiene para Jujuy este proceso”.
Ustarez Carrillo expuso finalmente que “no sólo tenemos el Código Contravencional como fuente de derechos, sino también un fallo judicial que sienta criterio convalidatorio”.

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