
San Pedro: RAMÓN SEGOVIA FUE CONDENADO A SEIS AÑOS DE PRISIÓN POR INTENTO DE ASESINATO
Fernando Burgos
La bala rozó la región frontal, salvando milagrosamente su vida. Luego del hecho segovia, que estaba acompañado por una mujer en una motocicleta, se dieron a la fuga, siendo capturado tiempos después.
En un Juicio Abreviado, Ramón Adán Segovia fue condenado a la pena de seis años de prisión por ser autor material y responsable del delito de “Homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa”.
El fallo fue dictaminado por el Tribunal con Función de Juicio integrado por las juezas Dras. María Margarita Nallar – presidenta de trámite-, Felicia Barrios y el juez Dr. Alejandro Máximo Gloss; secretaría a cargo del Proc. Juan Manuel Aróstegui.
Los magistrados ordenaron además el traslado del condenado al Servicio Penitenciario de Jujuy.
Los hechos
Según la requisitoria de la Fiscalía, la víctima se encontraba en la puerta de la casa su hermano, cvuando el acusado Ramón Segovia se acercó a él montado en una motocicleta acompañado por una mujer.
Segovia, empuñando un arma de fuego tipo revólver que extrajo de su cintura, con claras intenciones de quitarle la vida apuntó a la víctima, para luego bajar el arma y volver a apuntarle y dispararle un proyectil que impactó en la región fronto temporal derecha de la cabeza.
El disparo le provocó a la víctima una escoriación y una herida contusa de superficie compatible con orificio de salida de proyectil de arma de fuego, con tiempo probable de curación e inhabilitación para tareas habituales menor a treinta días.
Después de la agresión, el agresor y la mujer se retiraron del lugar montados en la motocicleta.
Nunca se supo de la responsabilidad o el grado de complicidad de la mujer que acompañaba a Segovia, quién también debería haber sido juzgada por su participación en el intento de homicidio.
Juicio Abreviado
El acusado fue juzgado mediante un Juicio Abreviado al hacer lugar los jueces a la solicitud de aplicar tal procedimiento especial, previsto por el Artículo 411 del Código Procesal Penal de la provincia.
El pedido fue formulado por el Fiscal Dr. Agustín Jarma y el acusado junto a su abogado, el Defensor Público Dr. Ezequiel Elgoyhen, del Ministerio Público de la Defensa.


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