
INTERNARON NUEVAMENTE A MILAGRO SALA, LUEGO DE ROMPER LA PRISIÓN DOMICILIARIA
La decisión de ir a un centro asistencial no estuvo avalada por la Justicia. Además, se mudó sin el aval correspondiente y organizó el cumpleaños de su hija.
Un sujeto identificado como J.C.P. fue condenado a la pena de 8 años de prisión por ser autor material y penalmente responsable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal”, ilícito ocurrido en la ciudad de Perico.
JUDICIALES23 de septiembre de 2024
El Expreso de Jujuy
La sentencia fue dictaminada por el juez unipersonal con función de juicio Dr. Luis Kamada.
El magistrado no hizo lugar al pedido de reparación económica solicitado por el Ministerio Público de la Acusación y la Querella por la falta de determinación de los parámetros empleados para cuantificarla, sin perjuicio de poder hacerlo por la vía civil.
Los hechos
De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, J. C. P. fue condenado por lo sucedido el 15 de enero de 2024 aproximadamente a las 23.30 horas, cuando la víctima, una mujer joven, se encontraba saliendo de su domicilio ubicado en un barrio de la ciudad de Perico a bordo de su motocicleta.
En esas circunstancias, se hizo presente en el lugar el imputado, quien era ex pareja de la víctima y se encontraba en una motocicleta, razón por lo que la mujer emprendió su marcha.
El acusado empezó a seguirla, la interceptó en cercanías de un aserradero y le manifestó “a donde te vas, solo dame esta noche, así todo va terminar bien”.
Ante la negativa de la víctima, comenzaron ambos a discutir, por lo que J.C.P. la amenazó.
Mientras ella continuaba negándose, el imputado volvió a amenazarla y por el temor infundido, ambos se dirigieron a un inquilinato de la mencionada ciudad.
Allí, ingresaron a una habitación donde el acusado le manifestó a su ex pareja que retomaran la relación, pero la misma se negaba y fue en ese momento que la abusó sexualmente. Luego permitió que ella se retire del lugar.
Alegatos
En sus alegatos, la Fiscal Dra. María Emilia Curten Haquim solicitó la pena de 11 años de prisión efectiva para el acusado y la reparación económica para la víctima, a lo cual adhirió la abogada querellante Dra. Laura Beatriz Portal.
En tanto, el defensor técnico del enjuiciado, Dr. Federico Nicolás Llermanos, requirió que se lo condene a la pena de 6 años de prisión y se opuso a la reparación económica solicitada para la víctima, sin perjuicio de que sea realizada por la vía civil. Los fundamentos de la sentencia serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la Provincia, a partir de lo cual las partes podrán recurrir ante una instancia superior.

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