Malestar: PENITENCIARIOS RECHAZAN AUMENTO EN CARGA HORARIA

Durante la jornada del martes, se filtró un petitorio general en el que agentes del servicio penitenciario rechazarían la implementación de aumento en la carga horaria.

JUDICIALES24 de abril de 2024Martín RuizMartín Ruiz
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De acuerdo a fuentes extraoficiales la solicitud expresa lo siguiente:
“Los agentes del servicio penitenciario de Jujuy, nos dirigimos a la jefatura como así también a las autoridades superiores con el fin de solicitar la no implementación de un aumento en la carga horaria en recargos y retenes.
Los fundamentos son los siguientes:
La situación económica actual es crítica. El país presenta una inflación mensual del 11 % y una inflación interanual del 276,2%. Esto genera un grave impacto en el poder adquisitivo del personal, sueldos insuficientes. El salario actual de los agentes del servicio penitenciario de Jujuy no alcanza a cubrir la canasta básica familiar, cuyo valor asciende a los  773.385 pesos según datos del INDEC, necesidad de trabajos adicionales para solventar las necesidades básicas de sus familias. La mayoría de los agentes se ven obligados a realizar trabajos adicionales en sus días y horarios de franco, impacto en la calidad del servicio. El aumento de la carga horaria, sin una compensación económica adecuada, podría generar cansancio, estrés y desmotivación en los agentes; lo que afectaría negativamente la calidad del servicio penitenciario.
Una propuesta alternativa:
En lugar de aumentar la carga horaria, proponemos la implementación de un sistema de pago por horas extras para aquellos agentes que deseen realizarlas de forma voluntaria. Esta medida permitiría mejorar el poder adquisitivo de los agentes, brindarles la posibilidad de elegir si desean realizar horas extras, incentivar la productividad y el compromiso del personal, garantizar un servicio penitenciario de calidad, con agentes descansados y predispuestos a cumplir con sus funciones.
Esta propuesta encuentra respaldo en nuestro reglamento, el cual en su capítulo 11 Régimen de Servicio, específicamente en el artículo 73, donde establece que la fijación de las jornadas de labor no exime a ningún agente de la obligación de desempeñar tareas de recargo cuando las necesidades del servicio lo requieran; en tales casos se podrán acordar descansos compensatorios o asignaciones complementarias.
Conclusión:
Solicitamos se reconsidere la posibilidad de aumentar la carga horaria y que en su lugar se implemente un sistema de pago por horas extras. Esta medida Sería más justa y beneficiosa tanto para el personal como para la institución”.

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