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SIETE AGENTES PENITENCIARIOS SON JUZGADO POR LA MUERTE DE DOS RECLUSOS DEL PENAL DE GORRITI
La instancia judicial comenzó hoy en la Sala de Audiencias del Poder Judicial ubicada en el edificio de calle Independencia esquina Lamadrid.
También determinó que el Consejo Defensor del Contribuyente, Usuario y Consumidor de Jujuy (CODECUC) está habilitado para actuar ante las múltiples denuncias de los usuarios.
JUDICIALES13 de febrero de 2025Cabe recordar que en Jujuy, a fines de noviembre del 2024, la asociación CODECUC, en representación de los usuarios del servicio público de energía eléctrica de la provincia, presentó un amparo ante la justicia federal contra EJESA solicitando al juez que le ordene eliminar la facturación y cobro de la tasa municipal llamada “percepción contribución única 6%”.
Esta es una especie de derecho de uso por el espacio aéreo que ocupa el cableado a lo largo de su tendido municipal y también incluye las vía subterráneas poco frecuentes en la provincia.
En el caso de la boleta de luz, la percepción de contribución única la pagan todos los usuarios titulares del servicio de la provincia, que desde octubre de 2024 debía ser refacturada en cumplimiento de la Resolución N° 267/2024 emitida en septiembre del 2024 por la Secretaria de Industria y Comercio del Ministerio de Economía de la Nación que dice que las boletas no pueden contener sumas o conceptos ajenos a dicho bien o servicio.
Por esta razón la Justicia Federal (Juzgado Federal N° 2 de Jujuy), compartiendo el dictamen previo del Fiscal Federal de la Nación, por sentencia notificada en el corriente mes de febrero del 2025 dijo con fundamentos que el CODECUC está plenamente legitimada para actuar y se declaró competente para entender y resolver en la causa judicial.
Para Alejandro C. Mur, Presidente CODECUC, la Resolución 267/2024 que se complementa con el art. 42 C.Nac. y LDC 24.240 del Consumidor (que protegen los derechos a la información cierta, clara y detallada, al trato digno, precio justo, interese económicos, salud, progreso económico-social, etc), es clara y está dirigida a las empresas proveedoras de bienes y servicios (ej. productos alimenticios, electrodomésticos, construcción, etc; y servicios de energía eléctrica, agua potable, gas, combustibles, comunicación, etc.) y les prohíbe incluir en las facturas o comprobantes que deben entregar a los consumidores o usuarios rubros e importes ajenos al producto o servicios que venden, como son entre otros la tasa municipal.
“La inclusión de dicha tasa en las facturas y su cobro, y también otros rubros e importes, incrementan el precio total que paga cada usuario y es una total ilegalidad, es inconstitucional, causante de perjuicios a los intereses económicos-sociales de todos los usuarios de Jujuy y no corresponde que la paguemos”, señaló.
En este sentido esgrimió dos motivos: “1) por ser actos contrarios a la Resolución 267/2024, art. 42 C.N. y a la ley de orden público 24.240 del Consumidor; 2) Todas o casi todas las municipalidades de la provincia desde hace años cobran a todos los usuarios titulares de servicio en forma mensual, compulsiva y por medio de EJESA, miles de pesos sin dar ninguna contraprestación o servicio concreto e individualizado, lo cual es una situación grave y perjudicial para los ciudadanos jujeños”.
Y agregó que “el 6% de la tasa, se aplica todos los meses sobre el precio subtotal de consumo facturado a cada usuario titular del servicio que pagará un importe dinerario que, si sumamos a lo que se les cobra a los miles de usuarios de Jujuy, se trata de miles de millones de pesos que EJESA luego lo transfiere a las municipalidades de la provincia de Jujuy que la cobran injustificadamente”.
Para finalizar Alejandro Mur señaló que con este reclamo “no se afecta la autonomía provincial ni municipal ya que los municipios que quieran cobrar tasas que legal y constitucionalmente correspondan podrán hacerlo, pero por otro medio y no compulsivamente con las facturas y utilizando una empresa de servicio público esencial y perjudicando a los usuarios”.
Además informó que las novedades del trámite judicial lo irán informando a los usuarios de, y recordó que los usuarios de Jujuy también pueden presentar reclamos o denuncias al correo electrónico habilitado por el Gobierno Nacional ([email protected]) contra los proveedores que les incluyan en las facturas tasas y otros conceptos e importes que no corresponde.
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