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Arnaldo Andrés Delgadillo y Luis Abraham Delgadillo, fueron condenados a la pena de prisión perpetua por el homicidio de Ricardo Enrique Mamani Sarapura, ocurrido en el barrio Belgrano.
15 de octubre de 2024
El Expreso de Jujuy
Así lo resolvió la justicia provincial tras analizar las testimoniales y las pruebas aportadas en el transcurso del juicio oral y público. Ambos fueron declarados coautores materiales y penalmente responsables del delito de “Homicidio agravado por alevosía”.
Los magistrados, además, rechazaron el pedido formulado por las defensas técnicas de los sentenciados respecto del cumplimiento de la condena con modalidad domiciliaria.
El fallo condenatorio fue emitido por las juezas Dras. Claudia Cecilia Sadir – presidente de trámite –, Alejandra Tolaba y el Dr. Luciano Yapura.
Los hechos
De acuerdo con la acusación de la Fiscalía, el ilícito ocurrió el 24 de diciembre de 2023, aproximadamente a las 11.40 horas, en ocasión en que la víctima, Ricardo Enrique Mamani Sarapura, se encontraba junto a su novia en la cancha de fútbol Puente Otero del barrio Belgrano donde fue sorprendido por el acusado Luis Delgadillo, quien luego de manifestarle unas palabras sacó un cuchillo tipo carnicero.
Ante dicha situación la víctima trató de salir corriendo, momento en que fue interceptado por el restante acusado Arnaldo Delgadillo, quien también tenía entre sus manos un cuchillo del mismo estilo.
Al tratar de escapar, Mamani Sarapura tropezó cayendo al suelo y fue alcanzado por los imputados quienes lo apuñalaron una vez cada uno, en la zona de la espalda. La victima logró ponerse de pie y salir corriendo hasta un negocio que se encontraba en las cercanías, al cual ingresó y en donde terminó falleciendo.
Alegatos
El Fiscal fue el Dr. Diego Cussel, del Ministerio Público de la Acusación, quien en su alegato pidió la pena de prisión perpetua por el delito de Homicidio Simple en calidad de autores para ambos enjuiciados.
En tanto, el querellante, Dr. Claudio Lagoria Laredo, solicitó prisión perpetua para los imputados como coautores del delito de Homicidio Agravado por Alevosía y aseguró que no existió legítima defensa.
Por su parte, la defensa técnica estuvo a cargo del Defensor Público, perteneciente al Ministerio Público de la Defensa, Dr. Esteban Salinas Saguir, por el imputado Arnaldo Delgadillo, para quien requirió la absolución lisa y llana y en subsidio, que se tenga en cuenta la legítima defensa.
Mientras que el Dr. Víctor Octavio Castillo Rojas, por el acusado Luis Abraham Delgadillo, solicitó la absolución por causal de legítima defensa.
12 AÑOS DE PRISIÓN

En un juicio abreviado, Yesica Anahí Sivila y Emanuel Fernando Mamaní fueron condenados a la pena de doce años de prisión por ser coautores penalmente responsables del delito de “Homicidio simple”, ilícito que tuvo lugar en el barrio Alto Comedero.
Según la requisitoria de la Fiscalía, el hecho por el que fueron condenados Anahí Sivila y Emanuel Mamaní ocurrió el sábado 17 de septiembre de 2023, a horas 22.40 aproximadamente, cuando la víctima, Pascual Vaca, se encontraba afuera de un kiosco ubicado en las 150 Hectáreas del barrio Alto Comedero.
En esos momentos, tras mantener la víctima una discusión con los acusados, estos comenzaron a golpear a Pascual Vaca hasta que cayó al suelo, momento en que Sivila continúo golpeándolo con patadas en la cabeza.
No conforme con ello, la mujer tomó un cascote que había en el lugar y lo arrojó contra la víctima, provocándole luego la muerte.
Juicio Abreviado
Los acusados fueron juzgados mediante un Juicio Abreviado, al hacer lugar los magistrados al acuerdo propuesto por las partes, en los términos previstos por el Art. 411 del Código Procesal Penal.

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