
VENCE HOY EL PLAZO PARA RECATEGORIZACION EN EL MONOTRIBUTO
Fernando Burgos
Los períodos de recategorización son en enero y julio. Para evaluar si corresponde, se debe tomar en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica.
El organismo fiscal aclaró que "los períodos de recategorización se llevan a cabo en enero y julio y para evaluar si corresponde, se debe tomar en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o alguno de los otros parámetros utilizados como la superficie afectada, los alquileres devengados anualmente o el consumo de energía eléctrica".
El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente a la recategorización.
El organismo señaló que "para realizar el trámite hay que ingresar al sitio web de la AFIP con clave fiscal”, y añadió que “si no se hace, se entiende que no hubo cambios y se mantiene la misma categoría".
Por otro lado, aclaró que si transcurrieron menos de seis meses de la inscripción en el monotributo, no corresponde hacer la recategorización.


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