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title: "SIETE AÑOS DE PRISIÓN PARA ENFERMERO QUE INYECTÓ LECHE VIA INTRAVENOSA A UN BEBÉ"
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description: "Fabián Solano, enfermero del Hospital Materno Infantil de San Salvador de Jujuy, fue condenado a 7 años de prisión y 10 años de inhabilitación para ejercer funciones públicas por dos hechos ocurridos en 2025 y 2022. El abogado de la familia, Carlos Espada, afirmó que el fallo “hace justicia” y sostuvo que “no fue un hecho aislado, sino una concatenación de situaciones” que revelan la “psique criminal” del profesional."
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date_published: "2025-10-09T11:38:00-03:00"
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tags:
  - "enfermero"
  - "Jujuy"
  - "justicia"
  - "MATERNO INFANTIL"
  - "prisión"
author_name: "El Expreso de Jujuy"
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category_name: "JUDICIALES"
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# SIETE AÑOS DE PRISIÓN PARA ENFERMERO QUE INYECTÓ LECHE VIA INTRAVENOSA A UN BEBÉ

![enfermero condenado](/download/multimedia.normal.aa3c8866de5ee65b.bm9ybWFsLndlYnA=.webp)

*enfermero condenado*

La condena se dio tras la revisión de dos hechos atribuidos al enfermero: uno en 2025, por supuestamente suministrar leche líquida por vía endovenosa a un bebé de seis meses, y otro en 2022, por presuntamente anestesiar en un quirófano a un niño de ocho años. En el análisis del caso, el tribunal modificó la tipificación original planteada por la querella.

Según lo informado por las partes durante el juicio, la querella había planteado el delito de homicidio con alevosía en grado de tentativa. El tribunal, sin embargo, dictó una condena por lesiones graves con dolo eventual e incumplimiento de deberes de funcionario público, estableciendo la pena de 7 años de prisión y 10 años de inhabilitación para ejercer funciones públicas.

El abogado de la familia, Carlos Espada, reaccionó tras conocer la sentencia señalando que “había un bebé que se puso en peligro de vida” y remarcando que existían “otros hechos del mismo sentido”. A su vez señaló que pedirían la pena máxima prevista en el Código Penal, que oscila entre 10 y 15 años, argumentando que “no fue un hecho aislado, sino una concatenación de situaciones que muestran la psiquis criminal de este enfermero”.

Los próximos pasos procesales podrían incluir la revisión de la sentencia por las instancias correspondientes, según lo permita la normativa penal vigente y los recursos que puedan interponerse. Mientras tanto, la revisión del caso mantiene en el centro de atención a la comunidad médica y a las autoridades sanitarias para que se logre esclarecer responsabilidades.

Los hechos

Según la requisitoria de la Fiscalía, uno de los hechos por el que se enjuicia a Fabián Solano ocurrió el 23 de abril de 2025 en la Sala Verde del Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”, aproximadamente entre horas 8:00 y 08.30.

En esos momentos, el acusado, en su calidad de enfermero de dicho nosocomio, ingresó a la sala de internados para cumplir sus funciones y tras asistir al paciente de la cama número 13 procedió a atender a un niño de 6 meses de edad, quien se encontraba internado recuperándose de una operación quirúrgica.

Fue entonces que Solano le suministró al bebé leche líquida por vía endovenosa con intención de causarle la muerte, provocándole un derrame precárdico leve a moderado con riesgo de vida, siendo luego derivado por el personal médico actuante con urgencia a la Sala de Terapia Intensiva ante la gravedad del cuadro de salud del niño; quien, debido al accionar del cuerpo médico salvó la vida.

El otro hecho tuvo lugar el 30 de septiembre de 2022, cerca del mediodía, aproximadamente a horas 11:30, en el quirófano N° 1 ubicado en el Servicio de Cirugía del Hospital Materno Infantil “Dr. Héctor Quintana”.

En el lugar, el acusado Fabián Solano en su calidad de enfermero, incumpliendo sus deberes y arrogándose funciones médicas que no le son inherentes, habría procedido a anestesiar a un paciente de 8 años de edad que debía ser operado por abdomen agudo, sin la presencia del médico anestesiólogo de la guardia.

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